Este viernes vence plazo para que se entreguen utilidades
Es un derecho aplicable a los trabajadores que hayan laborado al menos 60 días en el 2013.
Este viernes es el último día para que los trabajadores reciban utilidades del 2013 si laboran para una empresa. De acuerdo con la Profedet, el reparto de utilidades es un derecho aplicable a los trabajadores que hayan laborado al menos 60 días en empresas cuyas utilidades netas fueron de 300 mil pesos o más y tengan más de un año en funcionamiento.
La Ley Federal del Trabajo indica que si el trabajador no recibe esta prestación o se le paga de forma incompleta, tiene un año de plazo, contado a partir del día siguiente a la fecha límite establecida para reclamar el pago de las utilidades.
Para el titular de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), Luis Rivera Montes de Oca, más que una prestación, el reparto de utilidades es un derecho de los trabajadores y al cual están obligadas a entregar las empresas, a más tardar el último día de mayo.
En entrevista, señaló que si bien la mayoría de las compañías cumple con lo establecido en la Ley, el año pasado la procuraduría recibió 97 conciliaciones, así como 29 juicios en casos donde hubo necesidad de interponer una demanda. “El año pasado recuperamos a favor de los trabajadores alrededor de ocho millones 800 mil pesos, lo cual nos indica que la mayoría de los patrones está cumpliendo con esta obligación”, afirmó el funcionario.
Y es que, destacó, las empresas prefieren hacer el pago de reparto de utilidades, a fin de evitar una multa que puede ascender a 50 días de salario mínimo hasta cinco mil días, equivalentes 336 mil pesos.
“La Constitución y la Ley Federal del Trabajo da a los patrones 60 días después de haber presentado la declaración anual de sus impuestos; para las empresas el plazo termina el último día de mayo y para las personas físicas el 29 de junio”, precisó.
En este sentido, indicó que todos los trabajadores que hayan prestado sus servicios durante mínimo 60 días, tienen derecho a recibir el pago de utilidades, siempre y cuando comprueben el periodo laborado