Harán 87 cambios a la reforma energética propuesta por EPN
Entre las causales de anulación de un contrato destacan el incumplimiento mínimo de trabajo, accidentes graves causado por dolo y la emisión de reportes falsos.
Las comisiones de Energía y Estudios Legislativos Primera del Senado hicieron las primeras modificaciones al paquete de iniciativas por la que se expide la ley de Hidrocarburos y se reforman la Ley de Inversión Extranjera, Ley Minera y Ley de Asociaciones Público Privadas, iniciativas complementarias de la reforma energética.
En un proyecto de dictamen, que será la base de discusión para este martes, se integraron modificaciones referentes a las facultades de la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH), que será la responsable de aprobar los planes de exploración y de desarrollo para la extracción de hidrocarburos, restándole esta atribución a la Secretaría de Energía como originalmente se había planteado.
Del apartado de revocación de asignaciones, se precisaron las conductas y condiciones que determinarán la rescisión administrativa de contratos. Será causa de anulación de un contrato el incumplimiento mínimo de trabajo, cuando existiera un accidente grave causado por dolo o culpa del asignatario y la emisión de información o reportes falsos.
Para ello, se estableció un procedimiento para que el asignatario, incluso, pudiera subsanar su falta y evitar la revocación en un periodo de 30 días naturales. Se estableció, además, un plazo de 90 días para que la CNH pueda revisar la procedencia de revocación e incluso reconsiderar las faltas administrativas.
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