Incluyen "haber de retiro" en reforma a Ley Orgánica del Poder Judicial
Dan facultad a la Comisión de Administración del Tribunal Electoral para determinarlo.
La edición de este viernes del Diario Oficial incluye reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación que establecen la facultad de la Comisión de Administración del Tribunal Electoral para determinar el haber de retiro para magistrados de la Sala Superior.
El decreto, que entrará en vigor mañana, modifica los artículos 185, 186, 192 y 195, y adiciona una fracción II y una fracción XXXI al artículo 209 de la ley.
Con ello, la fracción XXXI del artículo 209 destaca como atribución de la Comisión de Administración: ‘determinar, en su caso, el haber de retiro de los Magistrados de la Sala Superior’