Aprueban diputados reformas para instalar bebederos en escuelas
El objetivo es prevenir la obesidad tanto en infantes como en jóvenes.
La Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley General de la Infraestructura Física Educativa, para que sean instalados bebederos de agua potable en cada inmueble de uso escolar en el país.
El dictamen, aprobado por unanimidad en lo general con 399 votos a favor, reforma los artículos 7, 11 y 19 de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa.
El pleno rechazó las reservas presentadas por Ricardo Mejía Berdeja, vicecoordinador de la bancada del Movimiento Ciudadano, tras lo cual lo avaló en lo particular con 377 votos a favor, 20 en contra y cero abstenciones, y se turno al Ejecutivo para su promulgación.
El objetivo de esa propuesta es prevenir la obesidad tanto en infantes como en jóvenes, así como ordenar la instalación de los bebederos en un plazo máximo de tres años.
La iniciativa surge de los diputados Adriana Fuentes Téllez, Manlio Fabio Beltrones Rivera, Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, Manuel Añorve Baños y Marco Antonio Bernal Gutiérrez, del Partido Revolucionario Institucional (PRI).
Esta propuesta fue aprobada el 13 noviembre de 2013 por el pleno de San Lázaro y se turnó a la colegisladora, el Senado, donde se modificó y se devolvió de nuevo a la Cámara de Diputados.
El documento señala que con la reforma al Artículo 7 se establece que la infraestructura física educativa del país deberá cumplir con requisitos de calidad, seguridad, funcionalidad y oportunidad, con “oferta suficiente de agua potable para consumo humano”.
También indica que “se asegurará la atención” a las necesidades de las comunidades indígenas en la aplicación de sistemas y tecnologías sustentables. Entre otros puntos precisa que queda prohibido destinar recursos públicos federales para instituciones educativas privadas.
En los artículos transitorios se indica que el Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa contará con un plazo no mayor de 180 días, a partir de la publicación del decreto, para emitir los lineamientos generales para instrumentar los bebederos y un máximo de tres años para instalarlos