Líderes de policías inconformes violan la ley: Gobierno de Tabasco
Entre los ilícitos destacan incumplimiento de funciones públicas, abuso de autoridad y rebelión.
Los líderes de policías inconformes que encabezan el movimiento en la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) de Tabasco cometen diversos ilícitos, informó este domingo el gobierno estatal.
En un comunicado de siete puntos, detalló que quienes encabezan este movimiento incurren en ilícitos tales como incumplimiento de funciones públicas, ejercicio indebido del servicio público, abuso de autoridad, coalición, rebelión, asonada o motín, entre otros.
A continuación, Uno TV reproduce los puntos íntegros del informe del gobierno, luego de las negociaciones que iniciaron este domingo entre el gobierno estatal y representantes de los policías en paro de las distintas corporaciones que integran la SSP.
1.- Reitera la voluntad de encontrar las vías que permitan la modernización a fondo de la policía estatal.
2.- Ofrece, bajo esfuerzos extraordinarios en las finanzas públicas, una serie de acciones tendientes a mejorar las condiciones de los elementos de las corporaciones policiacas.
3.- Quienes negocian a nombre de los policías, primero exigieron la renuncia del secretario de Seguridad Pública y ahora exigen también la de todos los mandos. La primera, así lo han hecho saber, derivaría por consecuencia, según ellos, en la segunda de sus pretensiones.
4.- Ante tal posicionamiento de los policías, el Gobierno advierte que se trata de un movimiento que no tiene como motivación central alcanzar mejores condiciones de sus compañeros de trabajo, sino el interés fundamental de tener el control absoluto de una corporación que por su función estratégica no puede estar a merced de intereses de grupos de presión.
5.- El Gobierno no puede negociar bajo condiciones inaceptables, ni bajo ninguna presión de esta naturaleza, por lo que refrenda a la ciudadanía el compromiso de agotar la vía del diálogo.
6.- A los policías comprometidos con Tabasco y sus ciudadanos, se les conmina a regresar a cumplir con sus responsabilidades y obligaciones.
7.- Quienes encabezan este movimiento incurren en los ilícitos previstos en el Título Segundo, de los Delitos Contra el Erario y el Servicio Público del Código Penal vigente en el Estado, tales como incumplimiento de funciones públicas, ejercicio indebido del servicio público, abuso de autoridad, coalición, rebelión, asonada o motín, entre otros.