SCJN invalida la reforma al Código Penal de Chiapas en materia de interrupción del embarazo

| 16:20 | Ruben Rojas Zenil | Uno TV

En la sesión de este jueves, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el artículo 181 del código penal del estado de Chiapas, que implicaba sancionar la interrupción del embarazo.

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Luis María Aguilar Morales, ministro de la SCJN, dijo que “la norma impugnada como elemento del sistema jurídico es lesiva de los derechos reproductivos de las mujeres y personas con capacidad de gestar, por no incluir una formulación que permita interrumpir el embarazo en la primera etapa de la gestación”.

Agregó que “acotando dichas eximentes a supuestos muy específicos que son consecuencia de violación, cuando la persona embarazada corra peligro de muerte, cuando el producto sufra alteraciones genéticas o congénitas, sin que dentro de esta relación limitativa de hipótesis de excepción se prevea la concerniente de la interrupción voluntaria del embarazo durante el periodo cercano al inicio del proceso de gestación, esto es previo a las 12 semanas de gestación”.

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Por unanimidad de diez votos, la Corte ordenó eliminar del Código Penal de Chiapas el artículo 181, reformado en mayo de 2023, el cual establecía la no penalización el aborto “cuando el embarazo sea consecuencia de violación, o cuando la madre embarazada corra peligro de muerte, o pueda determinarse que el producto sufre alteraciones congénitas que den por necesario el nacimiento de éste con trastornos físicos o mentales graves”.

Sin embargo, estos supuestos excluían la interrupción legal del embarazo por decisión de la persona gestante hasta las 12 semanas.

Loretta Ortiz Ahlf, ministra de la SCJN, consideró que “transgrede el derecho de las mujeres y las personas con capacidad de gestar, a tomar decisiones relacionadas con su vida reproductiva al criminalizar el aborto voluntario o consentido de manera absoluta, de modo que esa regulación no deja espacio para que dichas personas puedan ejercer sus derechos reproductivos y determinar su proyecto de vida libres de discriminación y perjuicios de género”.

Al invalidar la norma, el alto tribunal ordenó al Congreso de Chiapas legislar en la materia e incluir la despenalización de la interrupción del embarazo hasta las 12 semanas.

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