Profeco desmiente lista de alimentos que pueden entrar al cine: ¡guarda los de suadero y tripa!
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) dio a conocer que es falsa la supuesta lista compartida en redes sociales de los “alimentos que se pueden ingresar a los cines en México”.
A través de redes sociales se han viralizado imágenes que han derivado en memes de una supuesta lista de alimentos que la Profeco habría dicho que se permite ingresar a los cines del país.
Golpe a Cinepolis y Cinemex
— Soy Salazar (@SoySalazar_aa) February 16, 2025
Profeco revela lista de alimentos permitidos en el cine sin restricciones
la Profeco comunicó que las salas de cine no te pueden negar entrar con alimentos obtenidos fuera de sus instalaciones. pic.twitter.com/Ifhb5gqNaE
Profeco no emitió una lista de alimentos que se pueden ingresar a cines
A través de un comunicado oficial, la Profeco aclaró que es falsa la lista de alimentos que se pueden ingresar a los cines y que se ha viralizado en las redes sociales.
En una imagen apócrifa de los “supuestos” alimentos que se pueden ingresar al cine, se puede ver que se menciona la comida rápida, botanas, dulces, comida casera y bebidas.
Ha resaltado esta lista, debido a que, como muchos saben, parte importante del negocio de los cines es la compra de alimentos dentro del mismo establecimiento, por lo que el ingreso del exterior de los mismos, representa una perdida para los negocios.
#BoletínDePrensa Derivado de la supuesta “lista de alimentos que se pueden ingresar a los cines”, la cual ha estado circulando en redes sociales y en algunos medios de comunicación, la Profeco informa que en ningún momento ha publicado o difundido dicha información a través de… pic.twitter.com/00mFRii98u
— Profeco (@Profeco) February 16, 2025
Profeco menciona que “en ningún momento publicó o difundió, a través de sus canales de comunicación oficiales, una supuesta lista de alimentos permitidos para ingresar a estos sitios”.
En cuanto a si el proveedor (los cines) puede obligar a las personas consumidoras a comprar alimentos o bebidas únicamente en sus instalaciones, expone que la Ley Federal de Protección al Consumidor, en su artículo 58, menciona que “el proveedor de bienes, productos o servicios no podrá negarlos o condicionarlos al consumidor por razones de género, nacionalidad, étnicas, preferencia sexual, religiosas o cualquiera otra particularidad”.
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Lo que sí ha especificado la Profeco es que los consumidores pueden decidir si compran o no alimentos en el establecimiento al que acuden.
Cabe mencionar que, al momento de adquirir un boleto en tu cine preferido, también se están aceptando los términos y condiciones establecidos en el contrato de los proveedores, tal como lo menciona el artículo 42 y 85 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Iván Escalante Ruíz, titular de la Profeco, explicó que las personas que adquieren su boleto del cine para ver una película en sus instalaciones se adhieren a un contrato en donde se establecen los términos y condiciones de cada establecimiento.
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“Si en el contrato de adhesión o en las condiciones está que no puedes ingresar con alimentos, tienes que cumplir con ese contrato, si no, finalmente, no vayas a ese cine, ve algún otro que no tenga esta limitación; entonces, revisar mochilas, es ilegal; pedirle que enseñe el contenido de la mochila o del bulto o el paquete pactado a voluntad, está bien, sí se puede hacer, pero de ningún motivo obligar al consumidor a hacerlo”.
Iván Escalante Ruíz, titular de la Profeco
Profeco reitera que, en ningún momento, ha publicado ni declarado que se pueda ingresar específicamente con algunos alimentos a las salas de los cines.