Jueza ordena eliminar la publicación de la reforma judicial en el DOF
El Juzgado Décimo Noveno de Distrito con residencia en Veracruz, a cargo de Nancy Juárez Salas, concedió una suspensión definitiva a los trabajadores del Poder Judicial, ordenando al Ejecutivo Federal eliminar del Diario Oficial de la Federación (DOF) la publicación de la reforma judicial.
Elimina publicación de la reforma judicial
“En consecuencia, como quedó establecido, resulta procedente conceder la suspensión definitiva con efectos restitutorios, para que las autoridades responsables Presidente de los Estados Unidos Mexicanos y Director del Diario Oficial de la Federación, en el ámbito de sus respectivas competencias, eliminen la publicación realizada en el Diario Oficial de la Federación, el quince de septiembre del dos mil veinticuatro”, indica la resolución.
Protección de la independencia judicial
De acuerdo con la resolución judicial, la medida cautelar no afecta el interés social y, por el contrario, de no concederse existe el “grave riesgo de que la independencia judicial como valor íntegro de un Estado de derecho, se erosione”.
“En el caso, se considera que de otorgar la medida, no se afecta el interés social ni disposiciones de orden público, en atención a que si bien la sociedad está interesada en que los procedimientos legislativos no se detengan, lo cierto es que también existe un especial interés en que los procesos que se realicen para reformar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se apeguen a los estándares respecto a los derechos humanos”, precisa la sentencia.
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Cumplimiento de estándares en derechos humanos
La juzgadora recordó además que los procesos legislativos para reformar la Constitución deben apegarse a los estándares en materia de derechos humanos y no sólo al interés de la tarea legislativa.
“Es factible suspender con efectos restitutorios los actos reclamados, pues aun y cuando ya se publicó el decreto, también se debe ponderar la estimación que obtenga del análisis de la apariencia del buen derecho, contra el interés social que se pudiera ver afectado de otorgar la medida cautelar”, puntualiza la juzgadora.
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Suspensión para restablecer derechos
La suspensión otorgada pretende restablecer a las quejosas el goce de su derecho, por lo que el hecho de que el decreto ya se haya publicado en el Diario Oficial de la Federación no es razón suficiente para negar la suspensión.
Nancy Juárez Salas indicó que la resolución se emitió de “manera independiente y en cumplimiento a la efectiva división de poderes”. Concluye la sentencia.