El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) informó, a través de un comunicado, que analiza el decreto de seguridad nacional para obras de infraestructura, con el fin de garantizar que el derecho de acceso a la información y el principio de máxima publicidad no sean vulnerados.
Añadió que prepara controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN):
El INAI dijo que el artículo primero del decreto, que se publicó el lunes 22 de noviembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF), señala que “se declara de interés público y de seguridad nacional la realización de proyectos y obras a cargo del Gobierno de México asociados a infraestructura” de los siguientes sectores:
- Comunicaciones
- Telecomunicaciones
- Aduanero
- Fronterizo
- Hidráulico
- Hídrico
- Medio ambiente
- Turístico
- Salud
- Vías férreas
- Ferrocarriles
- Energético
- Puertos
- Aeropuertos
El decreto señala que, además, “todas aquellas obras que, por su objeto, características, naturaleza, complejidad y magnitud, se consideren prioritarios y / o estratégicos para el desarrollo nacional”.
El INAI dijo que, al ser la seguridad nacional una de las causales de reserva de información, prevista en el artículo 110, fracción I, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal “pueden llegar a reservar, de manera general, la información relacionada con los proyectos y obras que el gobierno lleva a cabo”.
En ese sentido, las áreas especializadas del INAI, estudian los alcances del Acuerdo y, de ser necesario, exploran las distintas vías legales a emprender para asegurar que el derecho de acceso a la información de la sociedad sea garantizado sin restricción alguna.
Puntualizó el INA en un comunicado.
En este contexto, el INAI agregó que, como órgano garante del derecho de acceso a la información, facultado para hacer cumplir la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, evalúa si dicho Acuerdo no se contrapone a lo establecido en el marco normativo.