¿Es legal excluir a un Poder en un acto republicano?

| 13:48 | Edith Rojas - Julio César Sánchez Aguilar | UnoTV
Poder Acto Republicano Norma Pina
La conmemoración de la Constitución estuvo marcada por ausencias Fotos: Cuartoscuro

La primera celebración de la presidenta de México, Claudia Sheinbaum, para conmemorar el aniversario de la Constitución mexicana, marcó un precedente por la visible ausencia de la presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Norma Piña.

En esta ocasión, UnoTV.com te explica si es legal excluir a un Poder de un acto republicano.

En el acto del 5 de febrero, por el aniversario de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es común ver reunidos a los representantes de los Poderes de la Unión. La pregunta que surge en este 2025 es si es legal no incluir a la titular del Poder Judicial en la ceremonia.

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Este 5 de febrero, la presidenta Claudia Sheinbaum encabezó la ceremonia por el 108 aniversario por la promulgación de la Constitución Política de 1917, en el emblemático Teatro de la República de Querétaro.

La ocasión solía reunir a integrantes de los tres Poderes de la Unión: Ejecutivo, Legislativo y Judicial. La ausencia de la presidenta de la Suprema Corte en el acto republicano, como lo llamó la mandataria mexicana, despertó la duda sobre si es legal la decisión de no invitarla como representante de ese organismo.

A la ceremonia de hoy asistieron los presidentes de las Cámaras de Diputados y Senadores, gobernadores del país, y aunque se había anunciado que no habría participación de ministros de la Corte, sí llegaron las ministras qué han mostrado afinidad al Gobierno, entre ellas la ministra Yasmin Esquivel.

El Artículo 49 de la Constitución indica que el Supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

No podrán reunirse dos o más de estos Poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el Legislativo en un individuo, salvo el caso de facultades extraordinarias al Ejecutivo de la Unión, conforme a lo dispuesto en el artículo 29. En ningún otro caso, salvo lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 131, se otorgarán facultades extraordinarias para legislar.

Si bien lo anterior establece que los Poderes deben actuar en coordinación y respeto mutuo, no se obliga constitucionalmente a que todos los poderes estén representados en cada evento.

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Ceremonias en las que suele verse la presencia de los tres Poderes:

  • Toma de protesta del Presidente de la República
  • Informe de Gobierno
  • Ceremonias oficiales conmemorativas como Grito de Independencia o el Desfile Militar del 16 de septiembre

Su presencia puede ser opcional en:

  • Inauguraciones, conferencias o reuniones políticas

Aunque existe la opción de no invitar a alguno de los Poderes de la Unión a un acto republicano, la ausencia de sus representantes en eventos tradicionales, podría interpretarse como una posible confrontación entre ellos.

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