La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) emitió los lineamientos que deben cumplir los establecimientos que ofrecen servicios estéticos, obstétricos y quirúrgicos, con el objetivo de prevenir la posible contaminación de áreas, insumos o dispositivos médicos, así como la detección oportuna de infecciones.
Al respecto, la Cofepris señaló que todos los elementos están basados en la normativa sanitaria vigente, a fin de proteger la salud de las personas.
Puntos críticos sujetos a vigilancia sanitaria
De acuerdo con la Alta Directiva Sanitaria, que enmarca las condiciones que deberán cumplir los hospitales, se encuentran enlistados 25 puntos críticos sujetos a vigilancia sanitaria y cuyo incumplimiento puede resultar en sanciones, aseguramiento de productos o suspensión de trabajos.
Entre los elementos principales para garantizar la protección contra riesgos sanitarios destacan:
- Contar con Licencia Sanitaria y Aviso de Responsable Sanitario.
- Garantizar que las unidades quirúrgicas sean de acceso restringido y cuenten con un pasillo de circulación conectado con la Central de Esterilización y Equipos (CEyE).
- Incluir los sistemas críticos como agua, ventilación, CEyE, así como la infraestructura y equipamiento de las áreas blancas.
- Contar con un Comité para la Detección de Infecciones Nosocomiales (Codecin), que debe ser el órgano consultor técnico del establecimiento en lo relacionado con la vigilancia epidemiológica, prevención y control de infecciones nosocomiales; además, el establecimiento debe comprobar que el personal de salud cuenta con credenciales para el ejercicio de su profesión.
Pide Cofepris a estados fortalecer vigilancia
Asimismo, la dependencia federal también emitió un oficio dirigido a las 32 Secretarías de Salud estatales para exhortar a fortalecer la vigilancia, la autorización, el control y el fomento sanitario en hospitales que ofrecen servicios estéticos, obstétricos y/o quirúrgicos.
En el documento oficial, la autoridad federal solicita reforzar las acciones realizadas por autoridades de salud estatales, quienes deben garantizar el cumplimiento de políticas, requisitos, lineamientos, procedimientos, así como disposiciones jurídicas y administrativas establecidas por esta comisión federal para este tipo de establecimientos.
En caso de identificar riesgos sanitarios, se tendrán que ejecutar de manera inmediata medidas de seguridad e informar de manera oportuna a Cofepris, respecto de medidas de suspensión de actividades, retiro de producto y/o de resguardo aplicadas.
En el exhorto también se precisa que todos los establecimientos que ofrecen servicios estéticos, obstétricos y quirúrgicos deben cumplir, de manera estricta, las disposiciones sanitarias para la obtención segura, manejo y disposición de medicamentos controlados en instituciones.
Además, en cuanto a la adquisición, recepción, conservación, documentación, trazabilidad, prevención de riesgos, destrucción, farmacovigilancia, tecnovigilancia de dispositivos médicos, fármacos y medicamentos controlados, todas las clínicas y establecimientos deberán cumplir lo establecido en el Suplemento para establecimientos dedicados a la venta y suministro de medicamentos y demás insumos para la salud de la Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos (FEUM) 6ª edición.
La Cofepris también dio a conocer a las autoridades sanitarias de los estados que, como parte de la política de fortalecimiento del Sistema Federal Sanitario, dará inicio al Plan Nacional de Supervisión y Vigilancia Técnica en la ejecución, desarrollo y cumplimiento de acciones en materia sanitaria que realizan las 32 entidades federativas.