Por unanimidad, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó dejar sin efecto todas las disposiciones previstas en el Código Penal Federal que penalizan el aborto.
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“Amparo en revisión 267/2023 quejoso recurrente Grupo de Información en Reproducción Asistida, Asociación Civil, el proyecto propone, se revoca la sentencia recurrida, segundo, la justicia de la Unión ampara y protege a los quejosos”.
Secretario de Estudio y Cuenta, SCJN.
Inconstitucional sistema jurídico que penaliza el aborto
Al resolver un amparo en revisión los ministros otorgaron la protección de la justicia al Grupo de Información en Reproducción Asistida (GIRE) para que los artículos 330 al 332 del Código Penal Federal, que, entre otras cosas, preveía una pena de “seis meses a un año de prisión, a la madre que voluntariamente procure su aborto o consienta en que otro la haga abortar”, así como una sanción de tres a seis años de prisión “al que hiciere abortar a una mujer, sea cual fuere el medio que empleare, siempre que lo haga con consentimiento de ella”.
“Estoy a favor del proyecto pero estoy en contra de los efectos por la amplitud que se les imprimió, este proyecto se hizo con el criterio mayoritario, entonces yo estoy en contra de los efectos”.
Margarita Ríos Farjat, ministra de la SCJN.
Entre los alcances de esta resolución del Alto Tribunal se establece que “cuando el acto reclamado sea una norma general, la resolución debe precisar las medidas adicionales a la inaplicación que deban adoptarse, en aras de restablecer a la parte quejosa el pleno goce y ejercicio de los derechos o libertades fundamentales vulneradas”
“Yo estoy a favor en el sentido del proyecto, anuncio un voto concurrente y aclaratorio y estoy en contra de los efectos propuestos”.
Jorge Mario Pardo Rebolledo, ministro presidente de la Primera Sala, SCJN.