Si eres derechohabiente del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) lo más común es que quieras incluir a tu pareja (aunque no estén casados) para que también pueda recibir la atención médica, por lo que, si aún no sabes cómo hacerlo, en Unotv.com te contamos cómo puedes realizar este proceso.
¿Cómo puedo afiliar a mi pareja en el IMSS aunque no estemos casados?
Lo primero que tienes que saber es que el asegurado o pensionado podrá registrar a su concubina o concubinario, siempre que hayan hecho vida marital durante los últimos cinco años, o bien si tuvieron un hijo juntos, esto según la Ley del Seguro Social (LSS).
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Documentos necesarios
- Clave Única de Registro de Población (CURP)
- Datos del solicitante o representante legal
- Identificación oficial vigente
- Documento donde conste el Número de Seguridad Social (NSS)
- Copia certificada del Acta de Nacimiento
- Fotografía tamaño infantil en blanco y negro o a color
- Comprobante de domicilio
Opciones para realizar tu trámite
En línea
Realiza tu trámite en línea aquí las 24 horas del día los 365 días del año.
Nota: Para realizar este trámite en línea es necesario el uso de la e.firma, por lo que deberá utilizar Internet Explorer 10 o superior.
Presencial
En las Unidades de Medicina Familiar (UMF) con turno matutino de 08:00 a 14:00 horas, para Unidades con turno matutino y vespertino de 08:00 a 19:30 horas de lunes a viernes en días hábiles para el IMSS.
Cabe recordar que, este trámite para afiliar a tu pareja no tiene ningún costo, así como establece el IMSS en su página web.
Trámite para varios
De acuerdo con el IMSS, además del asegurado, quien deberá tener activos sus derechos, podrán realizar este trámite sus beneficiarios, aunque con las siguientes condiciones:
- Cónyuge: Cuando el asegurado está registrado en la UMF.
- Concubina (o): Tras una convivencia y dependencia económica de cinco años, o un hijo procreado con el asegurado.
- Padres: Con una Manifestación de convivencia y dependencia económica.
- Hijos: Mayores de 18 años.