¿Cómo se solicita la pensión alimenticia en CDMX?

Pensión alimenticia es obligación de los padres
Los padres están obligados a dar pensión alimenticia. Foto: Getty Images.

La pensión alimenticia es una obligación económica por ley de los padres, cuando llegan a separarse, para que sus hijos puedan cubrir sus necesidades básicas, que puede ser tramitada a través del Poder Judicial de la Ciudad de México (PJCDMX).

En UnoTV te brindamos todos los detalles para que puedas llevar a cabo la solicitud de este derecho establecido en el Código Civil Federal.

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¿Cómo se solicita la pensión alimenticia en CDMX?

Al respecto, el PJCDMX detalla que el trámite de Pensión Alimenticia por Comparecencia es un proceso jurisdiccional realizado ante el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México.

La elaboración de ficha y asignación de Juzgado es de 5 a 7 minutos, aproximadamente, si se presenta de las 9:00 a las 13:50:00 horas de lunes a viernes. El trámite debe realizarse en avenida Juárez 8, Primer Piso, Colonia Centro, alcaldía Cuauhtémoc.

  • Importante. Si la ficha se procesa después de las 14:00 horas, el solicitante acudirá al Juzgado al otro día, a levantar la comparecencia.

Requisitos

  • Identificación oficial con fotografía
  • Acta de matrimonio si la persona es casada
  • Acta de nacimiento de menores
  • Domicilio de la parte solicitante
  • Domicilio particular y laboral del demandado
  • Cualquiera de los domicilios solicitados debe ser en la Ciudad de México

¿Qué gastos comprende la pensión alimenticia?

La pensión alimenticia, detalla el Artículo 308 del Código Civil Federal, comprende:

  • Comida
  • Vestido
  • Habitación
  • Asistencia en casos de enfermedad

Respecto de los menores, agrega, también abarcan los gastos necesarios para la educación primaria y para proporcionarle algún oficio, arte o profesión honestos y adecuados a su sexo y circunstancias personales.

¿Cuál es el porcentaje mínimo de la pensión alimenticia?

El porcentaje que servirá para solventar los gastos de manutención de los hijos que existan en un matrimonio, deberá de ser de cuando menos el 15% del ingreso del padre o madre que no tenga a los menores, pero se entiende que este monto debe ser recíproco, en caso de que los dos tengan las posibilidades de estar empleados.

Aunque la pensión alimenticia no debe ser menor al 15%, el juez evaluará el caso en particular y podría, de acuerdo con las necesidades del o los menores, determinar que se dé un porcentaje mayor, siempre y cuando esté dentro de las posibilidades económicas.

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