Ya no tendrás que ir hasta el IMSS a realizar algunos trámites ni responder requerimientos, pues el Buzón IMSS ya no sólo es considerado medio oficial de comunicación con los derechohabientes, sino una “ventanilla virtual”. Tienes hasta el 6 de febrero de 2025 para habilitarlo o firmar sus términos y condiciones.
Ello, luego de que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la reforma a la Ley del Seguro Social (LSS) en materia de herramientas digitales para trámites.
“Las personas particulares podrán presentar ante el Instituto, las promociones o solicitudes relacionadas con el ejercicio de las facultades de éste, establecidas en la Ley y sus Reglamentos a través del Buzón IMSS, para lo cual emplearán los medios de identificación correspondientes […] Las actuaciones realizadas a través del Buzón IMSS producirán los mismos efectos legales que los documentos firmados autógrafamente y, en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio que las disposiciones aplicables les otorguen a éstos”.
Artículo 286 L. / Ley del Seguro Social.
¿Hacer trámites por el Buzón IMSS?
Con la reforma, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tuvo 60 días para publicar las reglas con las que operará la plataforma Buzón IMSS, así como los servicios que ofrecerá y los trámites que podrán realizarse a través de ésta.
El 5 de agosto, el organismo emitió en el DOF los lineamientos de operación que tendrá el Buzón IMSS, al que tendrás que inscribirte a más tardar el 6 de febrero de 2025, cuando concluya el plazo de 180 días naturales o, en su caso, al menos aceptar los “Términos y Condiciones para el uso del Buzón IMSS”.
Mientras que, desde el pasado 8 de junio, los documentos y comunicaciones que tengas con la institución a través de esta ventanilla virtual son considerados a la par de los papeles firmados autógrafamente, y con el mismo valor probatorio.
En este sentido, el IMSS destacó a través de un comunicado que será por esta plataforma que notificará a sus derechohabientes sobre cualquier requerimiento o resolución administrativa emitida en documentos digitales.
Así lo informamos:
- También será un medio de comunicación para informar a los particulares sobre temas de su interés.
Como derechohabiente, en el Buzón IMSS podrás presentar solicitudes, promociones y avisos, así como responder a los requerimientos que te haga el Instituto y enviar todos los documentos que te soliciten.
- Además, podrás hacer consultas desde esta “ventanilla virtual” respecto a tu situación fiscal y administrativa ante el IMSS.
Todavía falta la publicación de los lineamientos que tendrá la operación del Buzón IMSS, pero la institución adelantó que en su primera etapa únicamente se realizarán trámites y notificaciones sobre incorporación, recaudación y fiscalización.
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¿Qué es el Buzón IMSS?
Aunque apenas hace unos días se presentaron los cambios a la LSS para actualizar las disposiciones del Buzón IMSS, esta herramienta ya tiene algún tiempo operando, de forma similar a como lo hace el Buzón Tributario del SAT, como medio de comunicación entre las personas y las autoridades.
Actualmente, esta plataforma cuenta con los siguientes servicios:
- Calendario de eventos, con fechas de tus obligaciones en Seguridad Social
- Normatividad, en materia de Seguridad Social
- Medios de contacto, para actualizar y administrar teléfono celular y correo electrónico
- Promociones electrónicas, para solicitar aclaraciones y orientaciones sobre el IMSS y sus servicios
- Mis Expedientes, con documentos, comunicados y notificaciones
- Cobranza, para autorizar y consultar terceros interesados y Opinión Pública respecto a tu expediente y obligaciones
En tanto que, al ser un medio de comunicación relativamente nuevo, en la misma página también encontrarás materiales de apoyo como guías, videotutoriales e infografías sobre cómo presentar tus trámites y responder a través de éste a las notificaciones y requerimientos que te haga el IMSS.