Algunas infracciones viales aumentarán en Jalisco luego de que fuera aprobada la nueva Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte, por parte del Congreso del estado, hace algunos días. Este lunes, la diputada Mónica Magaña informó algunos de sus aspectos.
En conferencia de prensa, la legisladora informó que las infracciones que aumentarán su costo, una vez que la nueva ley de movilidad sea publicada, son aquellas que ponen en riesgo la vida.
Con la nueva Ley de Movilidad, ¿qué infracciones viales en Jalisco aumentarán y cuánto?
Durante el encuentro con medios de comunicación, la diputada por parte de Movimiento Ciudadano y presidenta de la Comisión de Movilidad especificó que las infracciones que aumentarán su monto, únicamente, son las que ponen en riesgo la vida de las personas.
Antes de esto, detalló que se ha mencionado que se trata de una ley recaudatoria; sin embargo, aclaró que el objetivo es salvar la vida de las personas ante siniestros viales. Con esto, dichas infracciones son:
- No respetar el derecho para el paso de peatones en o invadir los accesos o zonas peatonales: con la ley vigente, el costo va de 96.2 a 481 pesos (1-5 UMA); con la nueva ley, será de 962 a mil 443 pesos (10-15 UMA)
- Personas motociclistas que no respeten su carril de circulación o que circulen por pasos a desnivel o puentes donde sea expresamente prohibida su circulación: actualmente, la multa va de los 96.2 a 481 pesos (1-5 UMA); con la nueva ley, 481 a 962 pesos (5-10 UMA)
- Transportar a una persona menor de 12 años de edad en los asientos delanteros, salvo en los vehículos que no cuenten con asientos traseros. Deberán transportar a la persona menor en asientos de seguridad o asientos elevadores o sistema de sujeción adecuados a su edad y constitución física, debidamente asegurados: actualmente, esta infracción tiene un costo de 962-2 mil 886 pesos (10-30 UMA); con la nueva ley, de mil 443 a 2 mil 405 pesos(15-25 UMA)
- Personas motociclistas que lleven como acompañante a una persona menor de edad que no pueda sujetarse por sus propios medios: con la ley vigente, tiene un costo de mil 443 a 2 mil 405 pesos (15-25 UMA); con la nueva ley, mil 924 a 5 mil 772 pesos (20-60 UMA)
En cuanto al uso del celular, la legisladora señaló que es uno de los principales siniestros leves y graves, por lo que enfatizó lo siguiente:
- Prohibido ir hablando o mandando mensajes en el celular; salvo que sea mediante manos libres
- Para la prestación del servicio se podrá el celular u otro dispositivo electrónico en su sujetador adherido al vehículo, facilitando la interacción y reduciendo riesgos
- Actualmente, la multa tiene un costo que va de 481.10 a 962.2 pesos, con la nueva ley, de mil 443 a 2 mil 405.5 pesos (15 a 25 UMA).
Finalmente, Mónica Magaña aclaró y realizó una precisión en cuanto a la infracción de fumar al manejar y que anteriormente había causado controversia. La presidenta de la Comisión de Movilidad aclaró que ésta es sólo para los operadores de Transporte Público.
“Cuando la persona conductora de transporte público está fumando y manejando al mismo tiempo, eso será acreedor de una infracción. Porque repetimos, puede ir distraído, fumando, prendiendo el cigarro y manejando al mismo tiempo una unidad de transporte público y entonces pone en peligro su vida y también la de todas las personas que son usuarias del transporte público”.
Mónica Magaña, diputada y presidenta de la Comisión de Movilidad
La diputada abundó que esta precisión queda en dicha ley y aprovechó para recordar que aún no está publicada, por lo que resaltó que es el tiempo adecuado para que esta precisión quede aclarada.
“¿Cuándo no puedes fumar? Cuando eres conductor de transporte público y vas con gente en la unidad. Ahí no puedes. La precisión quedará salvaguardada en momento correcto. Recuerdo y repito, no se ha publicado, la gente ahorita no está siendo infraccionada ni siquiera por traer un niño menor de edad adelante o atrás en lo que actualizamos de la ley”.
Mónica Magaña, diputada y presidenta de la Comisión de Movilidad