Quedarse más tiempo del permitido en Estados Unidos puede tener consecuencias legales y migratorias serias. Estas consecuencias pueden incluir que te quiten la visa o te deporten.
Permanecer más allá del período de tiempo autorizado por el Departamento de Seguridad Nacional y estar fuera de estatus en los Estados Unidos es una violación de las leyes de inmigración de los EU.
¿Qué pasa si me quedo más de lo permitido en Estados Unidos?
¿Me pueden quitar la visa?
Si te quedas más allá de su tiempo autorizado, estarás fuera de estatus y violando las leyes de inmigración. Esto puede llevar a afectar futuras solicitudes de visa.
Y, según lo dispuesto por el funcionario de CBP en un puerto de entrada, o los Servicios de Inmigración y Ciudadanía de los Estados Unidos (USCIS), su visa generalmente se anulará o cancelará automáticamente.
El Gobierno de México también informó que sí te pueden quitar la visa si incumples el tiempo que indique tu permiso o sello de internación.
¿No habrá visa de Estados Unidos en un futuro?
Además, puedes causar que no seas elegible para una visa en el futuro para viajar de regreso. a los Estados Unidos.
¿Pueden deportarme?
Si acumulas presencia ilegal y pierdes tu estatus, lo que implica que puedes ser deportado por las autoridades migratorias.
Por que exceder el tiempo permitido en su ESTA o visa estadounidense resultará en su condición automática como migrante ilegal en Estados Unidos en todos los casos.
¿Qué pasa si decido quedarme más tiempo y estoy fuera de estatus con el Departamento de Seguridad Nacional?
Si deseas quedarse más tiempo, debes solicitar una extensión antes de que expire tu estadía autorizada. Esto se hace a través de USCIS y se recomienda hacerlo con anticipación.
Debe considerar cuidadosamente las fechas de su estadía autorizada y asegurarse de seguir los procedimientos. De lo contrario, perderá su estatus.
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Admisión a los Estados Unidos y su duración de estadía
Al llegar a un puerto de entrada, el funcionario de CBP determinará la duración de su visita, esto según la página oficial https://travel.state.gov/
En el sello de admisión o en el Formulario I-94 en papel, el inspector de inmigración de EU registra una fecha de admisión hasta o “D/S” (duración del estatus).
Si su sello de admisión o su Formulario I-94 en papel contiene una fecha específica, entonces esa es la fecha límite para salir de los Estados Unidos.
Si tiene D/S en su sello de admisión o en el Formulario I-94 en papel, puede permanecer en los Estados Unidos siempre y cuando continúe su curso de estudios, permanezca en su programa de intercambio o en un empleo calificado.
La fecha de admisión hasta o notación D/S, que se muestra en su sello de admisión o en el Formulario I-94 en papel, es el registro oficial de la duración autorizada de su estadía en los Estados Unidos. No puede utilizar la fecha de vencimiento de la visa para determinar o hacer referencia a la duración permitida de su estadía en los Estados Unidos.