El cambio de domicilio, la compra o renta de una casa, incluso la adquisición o arrendamiento de un local comercial, son razones suficientes para solicitar que el recibo de la luz esté a su nombre.
“Yo sugiero que cuando vas y rentas o compras una casa, si tu servicio de energía esté a tu nombre, porque te puede servir de comprobante de domicilio para algún trámite que vayas a hacer”.
Ramiro de Jesús Delgadillo, jefe de Departamento Divisional, CFE
¿Cómo pongo el recibo de la luz a mi nombre?
Si el cambio es por la compra de un inmueble: Primero se debe acudir a las oficinas más cercanas de la CFE o marcar al 071 para orientación, demostrar que no existen adeudos y presentar identificación oficial, RFC, copia de predial y un documento con la exposición de motivos.
El procedimiento es similar cuando se trata de un cambio por arrendamiento.
“En caso de que vaya a rentar algún inmueble y no haya dado de baja el inquilino anterior su servicio de energía eléctrica, nos puede presentar un oficio libre por el cual ocupa o requiere hacer el cambio de nombre, sus identificaciones oficiales, el documento que demuestre que está ocupando ese domicilio y con eso estaríamos haciendo el cambio de nombre”…
Ramiro de Jesús Delgadillo, jefe de Departamento Divisional, CFE
Para este caso, solamente se requiere el pago de un depósito por 265 pesos. Si se trata de un local comercial, los requisitos son los mismos.
Cuando sí varían es en caso de cambio de titular por fallecimiento. Hay que presentar el acta de defunción, datos personales del fallecido, datos del nuevo titular y código universal del medidor.
Si los documentos están en regla y no existe adeudo, el cambio es inmediato, de lo contrario podría demorar por cuestiones de validación entre 15 y 20 días hábiles.