El traslado de mercancía por cielo, mar y tierra en México, debe estar respaldado por el documento Complemento Carta Porte digital.
La Carta se emitía de forma física, en papel, sin embargo, las empresas transportistas, ahora deben generarla en versión electrónica, bajo el aval del Sistema de Administración Tributaria (SAT).
Pueden utilizar un software especial. Abraham Ramírez es uno de los 70 proveedores autorizados por el SAT, para crear este tipo de programas.
“Esta carta ya existía, para quienes movían mercancías por tramos carreteros federales, por ejemplo no existía para los aéreos, ni para los marítimos para ellos si es algo que es nuevo”
Abraham Ramírez | Dir. Cuentas Estratégicas, Ekomercio
La autoridad afirma que esto es para evitar el contrabando.
Aunque para transportistas como Maribel Moreno, generar el nuevo documento, implica mayor carga administrativa.
“Nos pide que desglosamos cada una de las mercancías, que estamos documentando. Lo cual atribuye mucho tiempo, que no solo podrá ser una sola persona, va a tener que hacerlo otra persona”
Maribel Moreno | Transportista
El propietario de la mercancía debe acreditar que se encuentra registrada ante el SAT. Para cruzar datos y corroborar que es lícita.
“El reto de este complemento no es la información, sino el origen de la misma. El propietario de la mercancía les tiene que decir qué es lo que está moviendo y ellos tienen que bajarlo a un CFDI”
Abraham Ramírez | Dir. Cuentas Estratégicas, Ekomercio
Si no se acredita el origen legal, no puede trasladarse.
“No se podría enviar porque prácticamente cuando ya salen deben tener toda esa documentación ya lista”
Adrián Serrano | Transportista
Traslados por tierra en vías no federales, quedan exentos.
A partir del 1 de enero de 2022 las empresas deben emitir la nueva Carta… Pero el SAT dio una prórroga de transición hasta el 31 de marzo. Periodo en el que los involucrados, podrán familiarizarse, sin recibir sanciones.