Se acerca el fin de año y si eres jubilado es probable que quieras saber cuándo recibirás tus pensiones en los meses que faltan para que termine el 2023, por lo que en esta ocasión en Unotv.com te traemos el calendario de pagos del IMSS e ISSSTE para el último cuatrimestre.
Y es que, aunque ambas instituciones tienen reglas con las que determinan cuándo deben realizar la dispersión de los recursos por este concepto. Hay algunas excepciones, como ocurrió con la del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) para agosto, que la depositó el viernes 28 de julio, cuando sus normas dictan que debe realizarse el último día hábil del mes anterior, que tuvo que haber sido este lunes 31 de julio.
[NO TE PIERDAS: Antes de pensionarte puedes calcular cuánto recibirás de pensión, tanto en el IMSS como en el ISSSTE]
Asimismo, en el caso del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), las pensiones deben ser depositadas el primer día hábil del mes al que corresponda el pago, por lo que para agosto las deposita el martes 1 de agosto.
Fechas en que depositarán pensiones del IMSS e ISSSTE
Dicho esto, es momento de pasar a los calendarios, pues éstas serán las fechas en las que recibirás tu pensión durante los próximos cuatro meses del año:
Mes de pensión | IMSS | ISSSTE |
Agosto | 1 de agosto | 28 de julio |
Septiembre | 1 de septiembre | 31 de agosto |
Octubre | 2 de octubre | 29 de septiembre |
Noviembre | 1 de noviembre | 31 de octubre |
Diciembre | 1 de diciembre | 30 de noviembre |
Por otra parte, recuerda que si eres pensionado por parte del ISSSTE tienes derecho a recibir tu aguinaldo, además de que éste te será depositado en dos partes. La primera te caerá durante los primeros días de noviembre, mientras que la segunda será el primer día hábil de enero, a la par de tu pensión correspondiente al primer mes de 2024.
Mientras que, en el caso de las pensiones del IMSS, únicamente te corresponde el aguinaldo si estás bajo el amparo del Régimen 73 del instituto, o sea si cotizaste desde antes del 30 de junio de 1997. Los trabajadores amparados bajo la Ley del IMSS vigente desde ese año ya no tienen derecho a esta prestación.
En tanto que, si te corresponde el aguinaldo por tu pensión de Cesantía de Edad Avanzada o Vejez, lo recibirás en una sola exhibición durante noviembre, y equivale a un mes de tu ingreso mensual, sin el importe por asignaciones familiares, ni ayudas asistenciales.