Revisión y posibles reducciones en pensiones ISSSTE: ¿en qué casos aplicará?

| 17:29 | Mario Alberto Ostos Chávez | Uno TV

El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) ha anunciado un proceso de revisión para verificar las pensiones que excedan el monto permitido por la ley. La medida fue publicada el 8 de noviembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y establece un protocolo para ajustar o revocar aquellas pensiones que se otorgaron con montos superiores a los establecidos.

Esta revisión estará a cargo de la Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del ISSSTE, con el objetivo de corregir “excesos e injusticias” en el sistema, según indicó Martí Batres, director general del instituto.

¿Cuándo se puede modificar o revocar tu pensión ISSSTE?

El procedimiento publicado en el DOF especifica que las pensiones que rebasen el límite legal serán verificadas para garantizar que cumplan con los requisitos de la Ley del ISSSTE. Este proceso implica que se revisen los documentos proporcionados por los pensionados para determinar si el monto de la pensión se calculó correctamente.

En caso de que se identifiquen irregularidades, el instituto tendrá la facultad de modificar el monto de la pensión o revocarla completamente si los documentos no acreditan el derecho a recibir dicho pago.

Documentación y criterios para la verificación

El acuerdo establece que la Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del ISSSTE analizará varios factores para determinar la validez de las pensiones, entre ellos:

  • Dependencia o entidad donde trabajó el pensionado
  • Años de servicio cotizados
  • Sueldo base percibido durante su periodo laboral
  • Elementos de cuantificación inicial de la pensión
  • Incrementos anuales y factor de actualización aplicados

Si el análisis revela inconsistencias o errores en el cálculo del monto, se procederá a la modificación o revocación de la pensión según corresponda.

El acuerdo indica que el ISSSTE tendrá un plazo de 10 días hábiles para emitir una respuesta tras la revisión de cada pensión. Si el pensionado desea apelar la decisión, contará con un período de 15 días naturales para presentar una impugnación a la resolución. En caso de documentos falsos o irregularidades, el instituto notificará al Órgano Interno de Control y/o al Ministerio Público Federal para tomar las medidas correspondientes.

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