Este 1 de julio entrará en operación el Fondo de Pensiones para el Bienestar, por lo que estarás más cerca de recibir en tu retiro hasta el 100% de tus últimos salarios en activo, mientras este sueldo sea igual o menor a 16 mil 777 pesos.
¿Quiénes recibirán hasta 16 mil 777 pesos de pensión?
Aunque será el próximo 1 de julio cuando el Gobierno federal presente las reglas de operación del fideicomiso concentrador administrado por el Banco de México (Banxico), así como las del programa del Fondo de Pensiones para el Bienestar, ya hay algunos adelantos.
Como ya mencionamos, sólo podrán acceder a este beneficio aquellos trabajadores cuyos últimos salarios en activo no superaban el salario mensual promedio registrado ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en 2023, más la inflación estimada para este año, con lo que dan 16 mil 777.68 pesos.
De acuerdo con lo acordado durante la primera sesión del Comité Técnico del fondo, de cumplir los requisitos para recibir este beneficio, el dinero saliente de dicho fideicomiso te llegará a la par de tu pensión regular.
¿Hay requisitos para recibir este aumento?
Asimismo, como derechohabiente del IMSS, o del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), deberás tener al menos 65 años para ser beneficiario de este programa. Además de cumplir las semanas cotizadas que te correspondan.
Ello, sin olvidar que sólo aplica para quienes pertenecen al régimen de la Ley IMSS 1997, o del ISSSTE en cuentas individuales. Y que, además, se mantienen activos los derechos ante el instituto de seguridad social que te corresponde.
Será hasta julio cuando el Gobierno federal anuncie cómo, cuándo y dónde deberás registrarte para recibir este beneficio, o si en su defecto será automática tu incorporación. Además, las autoridades adelantaron que se contempla una campaña de información sobre el procedimiento para acceder a este beneficio.
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Ello, tras la publicación en abril pasado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) de la reforma en tema de pensiones, con la que se ordena la creación del fideicomiso en el que se concentrarán los recursos de las cuentas individuales no reclamadas, entre otros, de los que saldrán las aportaciones para estos pensionados.