¿Cómo se pagan los días feriados?

Los afectados pueden solicitar apoyo a la Profedet. Foto: @STPS_mx

A las personas que trabajen días festivos o feriados les corresponde el salario diario normal más el doble. En caso de no recibir el pago correspondiente, los afectados pueden solicitar el apoyo de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) pone a disposición de los empleados los servicios de orientación, asesoría y representación jurídica, que de manera gratuita.

A través de un comunicado la dependencia recordó que los días feriados o festivos tienen por objeto que el trabajador celebre, con entera libertad, las conmemoraciones cívicas o religiosas de esas fechas.

Días de descanso obligatorios

  • 1 de enero
  • El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
  • Día de la Constitución mexicana; el tercer lunes de marzo, en conmemoración del 21 de marzo, natalicio de Benito Juárez
  • 1 de mayo, Día del Trabajo
  • 16 de septiembre, Aniversario de la Independencia
  • Tercer lunes de noviembre, en conmemoración del 20 de noviembre, día de la Revolución Mexicana
  • 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo federal y el 25 de diciembre

Así como el que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias

"Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, es decir, se les deberá de cubrir el salario diario normal más el doble". Artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo

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