El pleno del Senado aprobó reformas a los artículos 22 y 73 de la Constitución en materia de extinción de dominio, donde se incluye que se aplicará esta figura a los bienes de delincuentes que incurran en el robo de petrolíferos y petroquímicos, trata de personas, robo de vehículos y secuestro, entre otros.
En una maratónica sesión de este jueves, se aprobaron por unanimidad con 99 votos en lo general las reformas que permitirán la extinción de dominio a los bienes de quienes no puedan acreditar el origen de los mismos y estén relacionados con investigaciones derivadas de hechos de corrupción, encubrimiento y delitos cometidos por servidores públicos.
De acuerdo al dictamen en el Artículo 22 se garantiza que:
- Toda persona afectada podrá acceder a los medios de defensa adecuados para demostrar la procedencia legítima del bien sujeto al procedimiento.
Respecto a los términos del Artículo 73 de la Constitución:
- Se faculta al Congreso de la Unión para expedir la legislación única en materia de extinción de dominio.
La minuta fue regresada a la Cámara de Diputados debido a los cambios realizados donde se incluyó que la extinción de dominio se aplique a delincuentes que están relacionados con investigaciones vinculadas al robo de petrolíferos y petroquímicos.
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