El presidente Enrique Peña Nieto promulgó este jueves en Los Pinos la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, la cual fue aprobada en el Congreso en octubre pasado y considera penas de hasta 60 años de prisión.
Esta Ley establece que los delitos de desaparición forzada de personas y de desaparición cometida por particulares serán perseguidos de oficio y tienen el carácter de permanentes o continuos en tanto el paradero de la persona desaparecida no se haya determinado.
- La acción penal y la ejecución de sanciones penales son imprescriptibles, y se prohíbe la aplicación de amnistías, indultos y medidas similares de impunidad que impidan la investigación.
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