La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que ni tu pareja sentimental ni familiares pueden revisar tu correo electrónico o comunicación privada de cualquier tipo sin tu plena autorización.
Para salvaguardar el derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas, la Corte estableció que "está prohibido grabar, almacenar, leer o registrar, sin el consentimiento de los interlocutores, una comunicación ajena".
Sustraer o apoderarse de correos electrónicos ajenos, sea entre cónyuges o miembros de la misma familia, es contrario al derecho fundamental a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas". Suprema Corte de Justicia de la Nación
El falló lo emitió el máximo órgano judicial tras analizar un caso en que un hombre imprimió 343 correos electrónicos de su esposa, mismos que presentó ante un juez para demostrar el supuesto adulterio de su pareja y así obtener el divorcio y la custodia de sus hijos.
Luego de que la SCJN invalidara las pruebas del caso, la mujer se quedó con la custodia de sus hijos.
- Bajo ningún concepto, tu pareja o cualquier persona pueden revisar tus comunicaciones