El pleno del Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), aprobó por unanimidad, interponer una acción de inconstitucionalidad en contra de los artículos 9 y 31 de la Ley de Seguridad Interior, referentes a la reserva de información que las Fuerzas Armadas pueden hacer de los operativos y despliegues que realicen con motivo de una declaratoria de protección de seguridad interior.
Los comisionados coincidieron que la reserva que se puede hacer de la información violenta, el derecho humano al acceso a la información, pues no existe reglamentación alguna para acceder a ella una vez que la autoridad castrense la clasifique como reservada.
"El artículo 9 falla respecto de la obligación de garantía de los derechos humanos, la cual entre otras cosas implica favorecer su realización y consecuentemente elimina restricciones en su ejercicio, cosa que no sucede con el citado precepto, mismo que establece una restricción indebida al derecho al acceso a la información". María Patricia Curczyn Villalobos, comisionada del INAI
Este marco legal, advirtieron, tampoco se podrá conocer de los acuerdos de colaboración entre las Fuerzas Armadas y las autoridades estatales y locales, además que la Consejería Jurídica de Presidencia podrá recurrir frecuentemente las determinaciones del INAI.
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