Durante la sesión pública de resolución de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), realizada este miércoles, los magistrados confirmaron, por unanimidad, el acuerdo emitido por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), en el que se determina que Pedro Ferriz de Con no puede ser registrado como candidato independiente a la Presidencia de la República.
El Pleno de la Sala Superior resolvió el acuerdo INE/CG290/2018, emitido por el Consejo General del INE, mismo que fue impugnado por Ferriz de Con el pasado 6 de abril.
En dicha impugnación, Pedro Ferriz argumentó que la aplicación móvil implicó un obstáculo para obtener el porcentaje de apoyos ciudadanos requerido para conseguir la candidatura independiente, ya que se implementaron elementos restrictivos en su uso.
No obstante, los magistrados de la Sala Superior consideraron inoperantes los agravios presentados por Ferriz de Con, en virtud de que el TEPJF ya se había pronunciado sobre la funcionalidad de la aplicación móvil para recaudar las firmas de apoyo, cuando determinó que la "app" no representó una carga desmedida que atentara contra el derecho a ser votado.
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