Iglesias no están obligadas al pago de impuestos: SAT
Sin embargo, deben llevar una contabilidad de ingresos y gastos.
Las más de ocho mil asociaciones religiosas registradas en México no están obligadas a pagar impuestos, pero sí a llevar una contabilidad de sus ingresos y gastos, la cual a partir de 2015 deberá ser electrónica, como la de cualquier contribuyente, afirmó Aristóteles Núñez Sánchez.
El jefe del Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que “el régimen fiscal para una asociación religiosas no ha cambiado, es el mismo que se ha tenido en los últimos años”.
Por lo que reiteró que el tratamiento fiscal de las iglesias no las obliga a pagar impuestos, pero sí a llevar una contabilidad.
Destacó que como asociaciones sin fines de lucro, las iglesias no están obligadas a pagar impuestos por los ingresos propios que obtienen por los servicios prestados a sus miembros y feligreses.
Núñez reiteró que el SAT sólo les otorgó facilidades a las asociaciones religiosas para que a partir de enero de 2015 puedan cumplir con las nuevas disposiciones fiscales en materia de comprobación fiscal y contabilidad electrónica.
Subrayó que en lo que resta del año continuarán cumpliendo con la emisión de un comprobante o factura por los ingresos propios que obtienen por el desarrollo de las actividades relacionadas con su objeto, por las cuales no pagan impuestos.
“Ellos tienen que llevar una contabilidad, como lo hacen desde hace muchos años, la diferencia es que hoy sus declaraciones serán electrónicas, su contabilidad será electrónica a través del sistema ‘Mis Cuentas’. Ese es el único cambio”, aseveró.
Núñez Sánchez explicó que las iglesias sólo tienen la obligación de presentar una declaración informativa una vez al año en relación con los ingresos obtenidos y los gastos efectuados en cada ejercicio fiscal.
También cada mes deben enterar a la autoridad fiscal las retenciones del Impuesto Sobre la Renta (ISR) realizadas a sus trabajadores, así como calcular el impuesto anual de cada una de estas personas y enterar la diferencia que resulte a cargo.
Aclaró que este año cumplen conforme al régimen del año pasado y a partir de 2015, como todos los contribuyentes, tendrán que hacerlo igual, pero a través de medios electrónicos, como lo establecen las nuevas disposiciones fiscales.