Senado prohíbe animales marinos en circos
Estableció multas de hasta 50 mil salarios mínimos a quienes violen la disposición.
El pleno del Senado de la República aprobó reformas a diversas leyes que prohíben el uso de animales de vida silvestre en circos y en espectáculos marítimos, y establecen multas de hasta 50 mil salarios mínimos a quienes violen la disposición.
La reforma aprobada por el Senado y turnada a la Cámara de Diputados para su análisis, no incluye la prohibición de las corridas de toros, peleas de gallos, ni tampoco el uso de animales domésticos como perros, gatos y equinos en circos.
En el marco de la sesión de este martes se aprobó con 91 votos a favor, dos en contra y una abstención la reforma a la leyes generales del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y de Vida Silvestre.
Dicha reforma prohíbe el uso de ejemplares de vida silvestre, es decir leones, elefantes, primates y otras especies en circos.
Se establecen sanciones con el equivalente de 50 a 50 mil veces el salario mínimo a quien realice actos que contravengan las disposiciones de conservación de vida silvestre fuera del hábitat natural.
Asimismo, se faculta al gobierno federal para expedir una Norma Oficial Mexicana que determine los principios básicos de trato digno y respetuoso en el entrenamiento animal.
También se aprobó, con 81 a favor, seis en contra y cuatro abstenciones, otra reforma a los artículos 55 bis y 60 bis de la Ley General de Vida Silvestre, para prohibir los espectáculos marinos donde se utilicen focas, delfines, orcas y otras especies.
Se prohíbe “la utilización de ejemplares de mamíferos marinos en espectáculos itinerantes”, destaca la reforma.
En el tema de la investigación científica de ejemplares de cualquier especie de mamífero marino y primate, precisar que aquellos que sean destinados a la investigación deberán contar con la autorización de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).
Ello, con un protocolo de investigación avalado por una institución de educación superior, que será publicado en la gaceta ecológica de la dependencia federal.
En ese permiso se establecerá el inmueble en donde se realiza la actividad, de igual manera para el caso en que se promueva una autorización para la captura de mamíferos marinos.