Segob y Semarnat colaborarán en programas de seguridad nacional
El programa tendrá como objetivo investigar aquellos actos que atenten contra la integridad, estabilidad y permanencia del Estado.
Las Secretarías de Gobernación (Segob) y de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) colaborarán en las políticas, acciones y programas de seguridad nacional tendentes a mantener la estabilidad y permanencia del Estado mexicano.
Para ello, establecieron las bases de colaboración entre ambas en el marco de la Ley de Seguridad Nacional, con las que se comprometen a colaborar en las acciones para investigar aquellos actos que atenten contra la integridad, estabilidad y permanencia del Estado.
La Segob expuso en el Diario Oficial de la Federación que también se comprometen a coadyuvar en la generación de conocimiento útil, veraz, oportuno y pertinente para crear inteligencia estratégica, y a adoptar las medidas necesarias para la protección de la información considerada de seguridad nacional.
A través de la Conagua, la Semarnat coadyuvará en la consolidación de un Sistema de Información de Seguridad Nacional, mediante su incorporación a la Red Nacional de Información (RNI), así como en la integración de un Sistema Nacional de Inteligencia, que permita contar en forma oportuna con datos para estas actividades.
Las dependencias participarán en la integración y funcionamiento de los esquemas y mecanismos de coordinación que acuerde el Consejo de Seguridad Nacional y en la ejecución de los programas operativos de inteligencia estratégica, seguridad y protección para la atención de riesgos y amenazas a la seguridad nacional.
Para el cumplimiento de estas bases, las secretarías designarán un Enlace Institucional y establecerán un Grupo de Contacto, que promoverá un vínculo permanente entre ambas mediante el desarrollo de los protocolos, metodologías, planes de acción y/o medidas adicionales.
La Segob y la Semarnat convienen que no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran surgir por causas de fuerza mayor o caso fortuito que impidan la ejecución total o parcial de las obligaciones contenidas en este instrumento.