Modifican reglas de fideicomiso para la protección a periodistas
Con el fin de garantizar la vida, integridad, libertad y seguridad.
La Junta de Gobierno del Fideicomiso Fondo para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas será la encargada de aprobar el procedimiento de adquisición o contratación de bienes y servicios para implementar medidas de protección de este sector.
Ello, con el fin de garantizar la vida, integridad, libertad y seguridad de las personas que se encuentren en situación de riesgo como consecuencia de la defensa o promoción de los derechos humanos, y del ejercicio de la libertad de expresión y el periodismo.
En un acuerdo por el que se modifican las reglas de operación del Fideicomiso, la Secretaría de Gobernación establece que la Comisión Nacional de Derechos Humanos no intervendrá cuando se trate de la aprobación de los procedimientos de adquisiciones o contrataciones.
Lo anterior, en virtud de estar facultada para solicitar medidas de protección a favor de periodistas y defensores de derechos humanos.
El Comité Técnico deberá sesionar de manera ordinaria conforme al calendario que el mismo determine o a petición de su Presidente o del Fiduciario y de manera extraordinaria a solicitud de sus miembros o del fiduciario, en ambas por conducto del Secretario de Actas, previa aprobación del Presidente de dicho cuerpo colegiado.
Asimismo establece que dentro de las facultades de la Coordinación estará la de instruir al Fiduciario sobre la liberación de los pagos por el monto del costo derivadas de los planes de protección aprobados por la Junta de Gobierno y las Unidades Auxiliares de Recepción de Casos y Reacción Rápida y de Evaluación de Riesgos, tanto en los procedimientos ordinarios como en los extraordinarios.
Una vez que la Junta de Gobierno haya aprobado el procedimiento de adquisición y/o contratación de bienes y servicios, la coordinación deberá realizar dichos actos bajo los esquemas previstos en la normatividad del Gobierno Federal.
La disposición indica que las reglas de operación entrarán en vigor el día siguiente al de su aprobación por la Junta de Gobierno.