El INE carece de facultades para concentrar prerrogativas del PT
Luego de que el PT (Partido del Trabajo) no obtuvo el 3% de la votación para mantener su registro, la Sala Superior del TEPJF (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación) resolvió que la Comisión de Fiscalización del INE (Instituto Nacional Electoral) no tiene facultades para determinar que las prerrogativas que obtiene el PT en cada entidad del país se depositen en una sola cuenta bancaria bajo el control del interventor que se designó.
Destacaron que si el PT no ha entrado en procedimiento de liquidación lo cierto es que a partir de los 300 cómputos distritales que a la fecha constituyen verdad jurídica no son definitivos y firmes hasta tanto las salas regionales y la superior no resuelvan todos los medios de impugnación.
Por otro lado, la Sala Especializada del TEPJF determinó que los 22 juicios de revisión que presentó el PT en contra de las salas regionales Guadalajara, Monterrey, Xalapa, Distrito Federal y Toluca, son infundados e inoperantes.
Una vez tenidos por satisfechos los requisitos de procedencia, el TEPJF declaró infundados e inoperantes los agravios planteados por el PT y confirmó los fallos impugnados.