Emiten reglas de operación de Programa de Estancias Infantiles
Entrarán en vigor el 1 de enero del 2015.
La Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) emitió las reglas de operación del Programa de Estancias Infantiles para el ejercicio fiscal 2015, en beneficio de las madres trabajadoras y padres solos en todo el país.
En el Diario Oficial de la Federación (DOF), la dependencia federal publicó los requisitos y responsabilidades de los beneficiarios, en un acuerdo que consta de un artículo único y cuatro transitorios, mismo que entrará en vigor el 1 de enero del 2015.
Indica que al Programa de Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras, se destinarán recursos en las entidades, en los términos de las disposiciones aplicables, exclusivamente a la población en condiciones de pobreza, de vulnerabilidad, rezago y marginación.
En los artículos transitorios se señala que la implementación del Programa en el uso del Sistema de Focalización para el Desarrollo (Sifode) para la identificación de personas beneficiarias será de manera gradual durante el primer semestre del año y de uso obligatorio al concluir este periodo.
Además, durante el primer semestre de 2015, el programa podrá llevar a cabo la recolección de información socioeconómica, mediante los instrumentos utilizados en 2014.
El acuerdo destaca que durante las últimas décadas el rol social de las mujeres como amas de casa y responsables del cuidado de sus hijos se ha transformado, teniendo como consecuencia que un número cada vez mayor se incorpore al mercado laboral para contribuir al sustento de sus hogares.
Destaca que, aunado al papel relevante de las mujeres como sustento del hogar, también se reconoce la necesidad de apoyar a los hogares uniparentales encabezados por mujeres y hombres, con el objetivo de fortalecer la visión de equidad de género del programa.
Indica que según cifras del Censo de Población y Vivienda 2010, de los más de 28.6 millones de hogares registrados en el país, 17.2 millones se forman por un hombre con hijos, que representan 60.1% del total, de ahí que también requieran de los servicios de cuidado y atención infantil, para los niños y niñas bajo su cuidado.
En la modalidad de impulso a los servicios de cuidado y atención infantil la población objetivo son las personas físicas, o morales que deseen establecer y operar una estancia infantil y cuenten con espacios en los que se brinde o pretenda brindar el servicio de cuidado y atención.
Las reglas de operación establecen que los beneficiarios serán los responsables de las estancias infantiles afiliadas al programa, a fin de identificar y cuantificar a la población que se encuentra entre los 7.1 millones de personas en situación de pobreza alimentaria extrema, población objetivo y potencial de la Cruzada contra el Hambre.
Una vez identificadas dichas características, se dará atención preferente a esas personas. Los resultados de la identificación y cuantificación se presentarán ante la Comisión Intersecretarial, para su revisión y validación, a más tardar el 31 de enero de 2015.
Para determinar si las personas interesadas cumplen con los criterios de elegibilidad, será necesario que la persona interesada o informante otorgue los datos necesarios para el llenado del Cuestionario Único de Información Socioeconómica (CUIS) y los anexos correspondientes del programa.