Es constitucional prohibición de comida chatarra en escuelas: juez
Sin embargo, consideró que dicha restricción no debe aplicar en centros de educación superior.
Es constitucional la prohibición de vender alimentos y bebidas chatarra en todos los niveles educativos hasta medio superior, determinó un juez federal, quien consideró que dicha restricción no debe aplicar en centros de educación superior.
"Es constitucional establecer restricciones en la venta, distribución y expendio de ciertos alimentos preparados en escuelas de los niveles educativos de preescolar, primaria, secundaria y media superior, ya que la mayoría de los educandos de esos grados son menores de edad y, por tanto, tienen protección especial del Estado mexicano, atendiendo al interés superior del niño", resolvió Carlos Soto Morales, Juez Sexto de Distrito Auxiliar en Puebla.
De esta forma se le negó un amparo a la empresa Del Fuerte, embotelladora de Coca Cola, quien impugnó la restricción.
El 11 de septiembre de 2013, dentro de la reforma educativa, se adicionó el artículo 24 bis de la Ley General de Educación que dispone la prohibición de vender comida chatarra en las escuelas.
La sentencia de Soto puede ser impugnada tanto por el Gobierno como por Corporación del Fuerte, y el criterio que finalmente prevalecerá será el que fije el tribunal colegiado de circuito que revise el caso, o incluso la Suprema Corte de Justicia, si es que llega a considerar que el tema amerita su intervención.