Aprueban senadores en lo general la Ley de Transparencia
Es obligatoria para los tres poderes, los organismos autónomos, partidos políticos, fideicomisos, sindicatos y estados y municipios.
El pleno del Senado aprobó en lo general con 110 votos a favor, uno en contra y una abstención la nueva Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que obliga a todos los órganos autónomos, dependencias, sindicatos y partidos políticos a rendir cuentas y transparentar toda la información relativa a los recursos públicos que manejan.
Después de un proceso legislativo de dos años y medio se avaló esta nueva ley, que fue turnada a la Cámara de Diputados para su análisis y la cual es reglamentaria del artículo sexto constitucional.
La normativa prevé la creación de un Sistema Nacional de Transparencia, que contará con una plataforma en Internet para que los ciudadanos puedan consultar toda la información pública disponible, que deberá ser aportada por organismos públicos, autónomos, sindicatos, partidos y sujetos obligados.
De último se incluyó que en tanto no entren en vigor los lineamientos que obligan a subir la información a dicha plataforma, lo cual no podrá exceder de un año, los sujetos obligados deben publicar toda la información en sus respectivas páginas de Internet.
La nueva ley establece que los sindicatos de organismos y dependencias públicas sólo podrán reservar la información en torno a los domicilios de sus integrantes, pero deberán mostrar los contratos y convenios que tienen con las autoridades y la relación detallada de los recursos públicos económicos, en especie, bienes o donativos que reciban.
Asimismo, se establecen multas de hasta mil 500 salarios mínimos vigentes en la zona geográfica de que se trate, a quien se niegue a hacer pública la información solicitada.
No podrá invocarse el carácter de reservado cuando se trate de la investigación de violaciones graves de derechos humanos o delitos de lesa humanidad, y de actos de corrupción.
Se clasifica como reservada la información cuya divulgación represente un riesgo en materia de seguridad nacional o a las políticas monetarias y financieras del país.
También se incluyó que los senadores, diputados federales y locales estarán obligados a informar las remuneraciones completas que reciben, sus dietas, bonos, ingresos, compensaciones, prestaciones, gratificaciones, primas y comisiones.
Son sujetos obligados a esta ley cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes de la Unión, los órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos.
Asimismo, cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de la Federación, las entidades federativas y los municipios.
Además, se establece la creación de la Plataforma Nacional de Transparencia, la cual deberá contar al menos con cuatro sistemas de solicitudes de acceso a la información, de gestión de medios de impugnación, de portales de obligaciones de transparencia y de comunicación entre organismos garantes y sujetos obligados.
Entre los temas que deberán incluir los sujetos obligados en esa plataforma electrónica, figuran directorio de servidores públicos, remuneración bruta y neta de servidores públicos, gastos de representación y viáticos, número total de plazas y del personal de base, confianza y por honorarios.