TEPJF ratifica derecho a registro de candidatos independientes
Verificará si las fórmulas cumplen con los requisitos para ser registrados como aspirantes.
La Sala Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) señaló que los ciudadanos coahuilenses cuentan con el derecho de votar y ser votados como candidatos independientes.
Indicó que el Instituto Electoral de Coahuila deberá verificar si las fórmulas encabezadas por Reyes Flores Hurtado y Marco Antonio Villarreal Izaguirre cumplen con los requisitos para ser registrados como aspirantes a diputados locales.
En la sesión pública de hoy, la Sala Monterrey del TEPJF revocó las decisiones del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Coahuila (IEPCC) consistentes en negar el registro a dos fórmulas de candidatos independientes.
A pesar de que el Congreso de Coahuila no ha realizado las adecuaciones legales pertinentes, los magistrados de la sala señalaron que tanto la Constitución federal como la de Coahuila reconocen el derecho de los ciudadanos para ser votados como candidatos independientes.
El 22 de mayo, las fórmulas encabezadas por Reyes Flores Hurtado (distrito I) y Marco Antonio Villarreal Izaguirre (distrito II) acudieron a los comités distritales del IEPCC, para solicitar su registro como candidatos independientes a diputados de mayoría relativa y también de representación proporcional.
Al día siguiente, las presidentas de ambos comités negaron el registro, con el argumento de que "el Código Electoral de Coahuila de Zaragoza no contempla la figura de candidaturas independientes". Los dos ciudadanos acudieron a la Sala Monterrey para impugnar estas decisiones.
Al resolver los juicios ciudadanos SM-JDC-40/2014 y SM-JDC-41/2014, los magistrados de la Sala concluyeron que la negativa de registro había sido incorrecta. Señalaron que las presidentas de los comités distritales no estaban facultadas para atender las solicitudes, pues el registro de diputados de representación proporcional corresponde al Consejo General del IEPCC.
Además, resaltaron que la falta de una regulación legal de las candidaturas independientes en Coahuila no era una causa justificada para negar los registros de Flores Hurtado y Villarreal Izaguirre.
De acuerdo con los magistrados de la sala, el derecho de los ciudadanos a participar como candidatos independientes es directamente exigible, pues ya se cumplió el plazo de un año con el que contaban los congresos estatales para adecuar su legislación.
En ese sentido, enfatizaron que si bien la constitución de Coahuila se reformó para reconocer el derecho a participar como candidatos independientes, el congreso estatal "fue omiso y no expidió la legislación para configurar los requisitos, condiciones y términos que deberán cumplir quienes pretendan participar bajo esa modalidad".