IFAI y CNDH mpugnan Código Penal ante la Corte
Entre otras cosas la colocación de localizadores electrónicos y el embargo de bienes.
Sin estar aún vigente el Código Nacional de Procedimientos Penales, publicado el 5 de marzo pasado, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y el Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI) impugnaron 13 artículos de dicha norma ante la Suprema Corte.
Este código, que es el soporte jurídico fundamental del nuevo sistema penal oral y entrará en vigor hasta enero de 2015, deberá sortear antes las acciones de inconstitucionalidad interpuestas por estos organismos autónomos que están legitimados para interponer este tipo de recursos, ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Los artículos controvertidos por la CNDH, al considerarlos violatorios de Derechos Humanos, son todos aquellos que regulan las facultades de la policía en investigación y prevención de delitos, las detenciones en flagrancia.
También impugna el Artículo 155 en el que se enumeran las 14 medidas cautelares que los jueces están facultados para imponer a los procesados.
Ello, desde la obligación del reo de presentarse periódicamente ante el juez, la exhibición de garantías económicas y el embargo de bienes, hasta la prohibición de concurrir a ciertos lugares o reuniones, la separación del domicilio y la colocación de localizadores electrónicos, entre otras medidas.
En el mismo sentido, el ombusdman nacional, Raúl Plascencia Villanueva, impugna las facultades del Ministerio Público para asegurar cuentas y llevar el registro forzoso de detenidos que no cooperen.
Asimismo, las atribuciones de los jueces para mantener el orden en las audiencias, incluido el arresto hasta por 15 días, y las actuaciones de investigación que no requerirán permiso de los jueces de control.
De acuerdo con la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, las operaciones encubiertas, las entrevistas a testigos y las revisiones corporales, no pueden realizarse sin control judicial.
La controversia constitucional presentada de manera independiente por el IFAI, sólo combate el Artículo 303 del Código Nacional, que faculta a las procuradurías ordenar a las empresas concesionarias de telecomunicaciones la geolocalización de aparatos electrónicos relacionados con la investigación de un delito.
Los recursos que se recibieron en la Oficialía de Partes de la SCJN tendrán que seguir el trámite normal, de turnarlas al ministerio de turno que será el encargado de elaborar el proyecto para ser sometido al pleno para su resolución.