Tribunal ratifica legitimidad de prohibición del velo islámico en Francia
La mujer que la apeló estima "degradante" el hecho de ser obligada a quitarse el velo.
El Tribunal europeo de derechos humanos consideró "legítima" este martes la prohibición del velo islámico integral en Francia, al rechazar la demanda de una francesa adepta a ese atuendo religioso.
La corte de Estrasburgo (este) destacó en un fallo definitivo que "la preservación de las condiciones del 'vivir juntos' constituye un objetivo legítimo" de las autoridades francesas y que la ley votada a fines de 2010 en Francia no era contraria a la Convención europea de derechos humanos.
La mujer adepta al velo integral que cubre el cuerpo dejando apenas visibles los ojos o que incluso los oculta por completo detrás de una rejilla, había iniciado la demanda ante el TEDH el día de entrada en vigor de la ley en abril de 2011.
Alegando que era contraria a la libertad de culto, la mujer de 24 años, de quien sólo se conocen las iniciales S.A.S., pretendía impugnar esa ley según la cual "nadie puede llevar un atuendo que oculte su rostro en el espacio público", bajo pena de una multa de 150 euros o una penitencia de ciudadanía.
Citada por sus abogados, la mujer estimaba "degradante" el hecho de ser obligada a quitarse el velo en los espacios públicos. Denunció además una discriminación y un atentado a la libertad de pensamiento y de expresión.
La corte admitió ser "consciente de que la prohibición impugnada afecta fundamentalmente a una parte de las mujeres musulmanas, pero destaca que la misma no atenta contra la libertad de llevar atuendos en el espacio público que no tengan como resultado ocultar el rostro y que no está explícitamente fundada en la connotación religiosa de la vestimenta".