El Congreso de Zacatecas señaló que en dicha entidad es ilegal que las instituciones públicas o privadas pidan actas de nacimiento recientes para realizar un trámite, como por ejemplo el de las inscripciones escolares.
La LXIII Legislatura local en Zacatecas aprobó en junio del año pasado, por unanimidad, la reforma al artículo 37 del Código Familiar del estado en la que se elimina la caducidad de este documento.
Así lo explicó el diputado Raúl Ulloa Guzmán, quien propuso la iniciativa y que informó que fue el mes de septiembre cuando se publicó el decreto 154 que contiene la modificación y, a partir de esa fecha, la disposición se hizo obligatoria en todo el territorio nacional.
Esa modificación hace que las actas de nacimiento no tengan vigencia, ni caducidad, sino que tengan que ser aceptadas sin importar la fecha de emisión, siempre y cuando no presenten tachaduras o alteraciones en su contenido", dijo Raúl Ulloa.
Tras la publicación del decreto, acudió la Secretaria de Educación, Gema Mercado Sánchez, para solicitarle que informara de la modificación legal a los directores de todas las instituciones educativas públicas y privadas en Zacatecas.
Ulloa González quiso hacer hincapié en la vigencia de estos cambios legislativos para las actas de nacimiento, debido a que en estos momentos hay abiertos procesos de inscripciones y preinscripciones en las escuelas.
Además solicitó a la ciudadanía de Zacatecas para que acuda a las instalaciones del Congreso del Estado para señalar si alguna institución está incumpliendo la ley al solicitar actas de nacimiento recientes a fin de poder actuar en consecuencia.