Con 39 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, el Congreso de Veracruz reformó la Ley de Protección a los Animales, con lo cual queda prohibida la mutilación a animales cuyo objeto sea modificar su apariencia o conseguir un fin no médico.
Entre los procedimientos veterinarios se contemplan:
- Cortes de cola
- Cortes de orejas
- Sección de las cuerdas vocales
- Extirpación de uñas
- Extirpación de dientes
Solamente están permitidas las intervenciones con anestesia que tengan un fin médico o para impedir la reproducción.
Esta iniciativa fue presentada por Vicente Benítez González, diputado de Nueva Alianza, el pasado 8 de mayo; está basada en el dictamen de la Declaración Universal sobre Bienestar Animal (DUBA), la cual establece una serie de principios para que los Gobiernos nacionales y subnacionales puedan legislar en materia de protección animal, declaración que fue apoyada en 2007 por la Organización Mundial de Sanidad Animal.
Durante su discurso, Benítez González se refirió a que el Código Penal de Veracruz establece en el artículo 264 una pena de seis meses a dos años de prisión y multa de cincuenta a cien días de salario mínimo a quien cometa actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier animal, causándole sufrimiento o heridas.
Otros estados que ya han promovido estas medidas a favor de los derechos de los animales son:
- Colima
- Guanajuato
- San Luis Potosí
- Jalisco
- Puebla
- Nayarit
- Yucatán
- Quintana Roo
- Chihuahua
- Ciudad de México
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