Habrá cárcel para quien cometa “animalicidio” en Jalisco

Agencias y Twitter: @LegislativoJal Guadalajara, Jalisco 29-05-2014 21:54

Dicho delito lo comete quien provoque intencionalmente la muerte de un animal.

Este jueves el Congreso del estado de Jalisco aprobó reformas y adiciones a la Ley de Protección y Cuidado de los Animales, así como al Código Penal, que incluyen multas y pena de prisión a quienes ejerzan la violencia y crueldad contra los animales o causen su muerte.

Aprobada en lo general con los votos de todas las fracciones parlamentarias y sólo una abstención del legislador Héctor Pizano Ramos, destaca el Capítulo Único denominado “Crueldad contra los Animales”, que establece una pena de seis meses y hasta tres años de prisión a quien le provoque la muerte a un animal, más otra mitad cuando se ocasione un grave sufrimiento al provocar su fallecimiento no inmediato, prolongando la agonía.

De acuerdo con la información emitida por el congreso, las multas, según los casos de violencia y crueldad, se impondrán de 20 y hasta mil días de salario mínimo, y desde 20 hasta 120 jornadas de trabajo comunitario.

El Ministerio Público será quien asegurará de oficio los instrumentos y efectos, objetos y productos del delito, correspondiendo a la autoridad competente determinar el destino de éstos, así como el pago de la reparación del daño y las multas.

En la ley quedaron exceptuados de los delitos, los sacrificios humanitarios de animales, las corridas de toros, novillos, rejoneos, jaripeos, charreadas, carrera de caballos o perros, pesca o caza deportiva, y las peleas de gallos.

Asimismo, sacrificios para consumo humano; investigación científica; tratamientos e intervenciones veterinarias, las cuales habrán de sujetarse a lo dispuesto en las leyes, reglamentos y demás ordenamientos jurídicos aplicables, así como el combate a plagas y aquellos que cuenten con licencia municipal o de autoridad competente.

También será excluyente de los delitos cuando prevalezca un riesgo inminente en la integridad física de las personas o los que originen accidentes, sin que medie la intención de causar un daño al animal.