Congreso de Colima aprueba nueva ley contra bullying
Ello, a fin de proteger la integridad física y psicosocial de la comunidad escolar.
Con votación unánime, los integrantes de la 57 Legislatura local aprobaron la nueva Ley de Seguridad Integral Escolar para el estado de Colima, a fin de proteger la integridad física y psicosocial de la comunidad escolar, tanto al interior como en el perímetro de la escuela.
El dictamen a favor de la iniciativa, presentada ante el Congreso del Estado por el gobernador Mario Anguiano Moreno, menciona que con esta ley, “se procurará la generación de ciudadanos responsables, libres de adicciones y violencia, capaces de poner en práctica los valores del respeto, la tolerancia, la paz y la armonía”.
En ese sentido, la nueva legislación anti-bullying establece los lineamientos, acciones y programas tendientes a evitar la violencia, el acoso y el abuso físico o emocional en el contexto escolar.
Para obtener el voto a favor, en la propuesta se argumentó que además del bullying, existen diversas formas de violencia escolar intramuros y extramuros, que se han venido manifestando en los centros escolares en todo el país, tales como el acoso sexual, pandillerismo, compraventa de droga, violencia familiar, entre otras.
Asimismo, y para prevenir la violencia, el hostigamiento y el acoso escolar en las instituciones educativas del estado, la ley contempla mecanismos para otorgar apoyo asistencial a las víctimas.
En la misma, destaca la creación del Consejo Estatal de Seguridad Integral Escolar, el cual diseñará la política de seguridad integral de las escuelas en el estado; estará integrado por el gobernador, los secretarios estatales de Educación, Gobierno, Seguridad Pública, Salud; el procurador de justicia, el director general de la Unidad Estatal de Protección Civil, entre otros.
La Ley de Seguridad Integral Escolar contempla un apartado de infracciones y sanciones por tolerar o consentir el hostigamiento, acoso escolar, represalias o cualquier otro tipo de violencia en contra de algún integrante de la comunidad escolar, entre otros aspectos.
Respecto de las sanciones que se aplicarán a los estudiantes, destacan amonestación privada, reporte preventivo por escrito al agresor o partícipe sobre las consecuencias de su conducta; y la obligación del agresor de acudir a un tratamiento especializado, a fin de modificar su conducta; otras sanciones a los estudiantes que incumplan la ley, serán su suspensión a las clases, que podrá ser hasta por ocho días hábiles, así como tareas dentro del plantel y transferencia a otra escuela.
A los integrantes de la comunidad escolar que infrinjan la ley se les apercibirá o amonestará por escrito, privado o público, suspenderá, destituirá, sancionará económicamente y se les inhabilitará temporalmente para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público; las sanciones administrativas se impondrán tomando en cuenta la gravedad de la conducta en que se incurra, las circunstancias socioeconómicas del infractor, el nivel jerárquico y las condiciones del infractor, así como la antigüedad en el servicio.