Reducen horarios para venta de alcohol en BCS
Los depósitos con venta de cerveza abrirán de 08:00 a 20:00 horas de lunes a sábado.
El Congreso local modificó la Ley que regula el almacenaje, distribución, venta y consumo de bebidas alcohólicas en el estado de Baja California Sur, así como la Ley de Hacienda Municipal de Los Cabos, con cambios a los horarios para su venta.
Con el respaldo de la XXI Legislatura, el dictamen presentado por la Comisión de Asuntos Fiscales y Administrativos fue dispensado en su segunda lectora y avalado en tribuna por los diputados Juan Domingo Carballo Ruiz, Carlos Castro Ceseña y David Araiza García.
El legislador David Araiza García, señaló que las adecuaciones realizadas a la denominada Ley de Alcoholes responden a una nueva realidad social que vive la entidad; dijo que dichas reformas tienen efecto para todo el estado, y las relativas a la Ley de Hacienda Municipal solamente para el municipio de Los Cabos.
Las modificaciones en su Artículo 19 señalan que las licorerías, así como los abarrotes, minisúper y supermercados con venta de licores y cerveza, operarán de las 08:00 a las 22:00 horas, de lunes a domingo.
Las cervecerías, cantinas, bares y restaurant-bar, abrirán de las 08:00 a las 02:00 horas del día siguiente, de lunes a domingo. A partir de esa hora solo podrán tener actividad mediante el pago de horas extras.
En lo que concierne a las agencias, subagencias, depósitos, con venta de cerveza, aun cuando en el mismo establecimiento se vendan refrescos, funcionarán en horario normal de 08:00 a 20:00 horas de lunes a sábado, para volver abrir hasta el lunes siguiente.
El mismo artículo precisa que los restaurantes con consumo de alcohol funcionarán en horario normal de las 07:00 a la 01:00 horas del día siguiente de lunes a domingo. A partir de esa hora solo podrán tener actividad mediante el pago de horas extras.
Por lo que toca a los denominados centros nocturnos, estos funcionarán en horario normal de las 18:00 horas hasta las 02:00 del día siguiente de lunes a domingo. A partir de esa hora solo podrán tener actividad mediante el pago de horas extras.
En cuanto al Consejo Municipal de Giros Restringidos, las reformas establecen que esta instancia, que aprueba la expedición de permisos para la venta de alcohol, sesione obligatoriamente una vez al mes; dijo que en la actualidad transcurren meses y hasta años sin que se convoque a sesionar.
Subrayó que la sanción será una multa de 100 días de salario mínimo al integrante de este Consejo que de manera injustificada no asista a las sesiones previstas en esta ley.
En cuanto a la Ley de Hacienda Municipal de Los Cabos, se contempla un incremento aproximado de 30%, en lo relativo a licencias para la venta de bebidas alcohólicas; el costo de una licencia para un hotel de cuatro estrellas pasará de dos mil 350 salarios mínimos a tres mil 55 con las modificaciones.
Las reformas, entrarán en vigor el 1 de octubre del presente año, tras su publicación en el Boletín Oficial del gobierno del estado.