Emite CNDH recomendación por negligencia médica en Tamaulipas
Una joven perdió a su bebé debido a la atención en el Hospital “Dr. Baudelio Villanueva”.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una Recomendación, dirigida al Director General de Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSTE), Sebastian Lerdo de Tejada Covarrubias, por el caso de una adolescente que perdió al producto de su embarazo por una inadecuada atención médica en el Hospital “Dr. Baudelio Villanueva Martínez”, en Tamaulipas.
La joven acudió el 1 de junio de 2013, con 40 semanas de gestación, a la unidad médica presentando dolores, en respuesta sólo le practicaron exámenes de sangre y orina; la misma situación ocurrió durante tres días.
Al persistir los dolores, la mujer se presentó el día 4 de junio en la clínica, donde fue atendida por otro doctor, quien le dijo que el pulso de su bebé era muy débil; la institución no la internó días antes argumentando que su cuadro era normal.
Posteriormente, el 7 de junio, la joven ingresó al hospital a las 22:30 horas, pero al no contar con la presencia de un ginecólogo ni el equipo médico necesario, un facultativo la llevó a un consultorio particular donde se le informó que el producto llevaba uno o dos días de fallecido.
Sobre la atención recibida en el hospital, la familia de la adolescente presentó una queja ante la CNDH presentó una queja argumentando violaciones a los derechos humanos de la mujer y la vida del nonato, y negligencia médica por parte del personal médico del nosocomio.
En respuesta, el organismo pidió al ISSSTE que repare los daños y se indemnice a la mujer, además de brindarle atención médica y psicológica, e inscribirla al Registro Nacional de Víctimas, para que posteriormente tenga acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral.
En adición, sobre el personal del Hospital “Dr. Baudelio Villanueva Martínez”, la CNDH pidió que dicha institución certifique la experiencia y conocimientos de su cuerpo médico, además de recomendar que se imparta un curso integral de capacitación y formación de derechos humanos.
Para concluir, el organismo de derechos humanos mencionó que toda la información sobre el caso entra de conformidad con el artículo 3 fracciones III y V de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, por lo que los correos electrónicos, su contenido y sus archivos podrán estar al alcance de aquel ciudadano que así lo solicite.