El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de México por la cual se dejó sin efectos el registro de Isidro Pastor Medrano como candidato independiente a la gubernatura de esa entidad.
Durante la sesión del miércoles, la Sala Superior calificó como infundado el recurso promovido por Pastor Medrano, quien argumentó que el Tribunal mexiquense fue omiso en revisar de manera directa las 129 cajas que contienen las cédulas de respaldo ciudadano para su postulación.
El TEPJF señaló que resultaba jurídicamente inviable que el Tribunal mexiquense atendiera dicha solicitud, debido a que esa es competencia directa del Organismo Público Local Electoral, que sí cuenta con el personal especializado y los elementos técnicos para hacerlo.
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El 18 de abril el Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) revocó la candidatura debido a que el instituto electoral local no verificó con exhaustividad el respaldo ciudadano del aspirante.
Pese a lo anterior, el TEEM señaló que el instituto deberá emitir un nuevo fallo, previa revisión de las cédulas de apoyo, en un plazo de 12 días a partir del día siguiente a la notificación de dicha sentencia.
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