Desde este lunes 6 de abril, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México (CDMX), se ha dado a conocer la prohibición para estacionarse en inmuebles destinados a atender emergencias médicas como hospitales, durante la contingencia por el COVID-19:
No se podrá estacionar en las entradas, salidas y aceras opuestas frente a clínicas, hospitales y otros inmuebles destinados a atender emergencias médicas, en todo el territorio de la CDMX, durante el tiempo que dure la contingencia por COVID-19".
La Secretaría de Movilidad conforme a lo establecido en La Ley de Movilidad del Distrito Federal, su Reglamento y demás normatividad aplicable en materia de Tránsito y Vialidad ha emitido este aviso en donde las personas que residan, visiten y/o transiten en la CDMX, deberán sujetarse a estas disposiciones quedando prohibido estacionarse durante la contingencia por coronavirus en:
- Vialidades Primarias, Laterales de Vías de Acceso Controlado, Ejes Viales y Vialidades principales establecidas en el Reglamento de Tránsito vigente.
- En Vialidades Secundarias, se prohíbe estacionarse en una longitud de 25 metros antes y/o 25 metros después de la entrada y salida de peatones y vehículos, así como en un espacio de 25 metros a cada lado del eje de entrada en la acera opuesta a ella es decir en una longitud de 50 metros.
Excepciones
Se permitirá al personal designado por los propios hospitales, clínicas e inmuebles destinados para la atención de emergencias médicas, en las áreas señaladas, la colocación de dispositivos diversos, tales como conos, contemplados en el Manual de Dispositivos para el Control de Tránsito en Áreas Urbanas y Suburbanas.
Para el caso de Sitios y Bases debidamente autorizados por la Secretaría de Movilidad, la Secretaría de Seguridad Ciudadana, en coordinación con la primera, realizará las reubicaciones correspondientes a fin de que éstos puedan ser ubicados en un lugar idóneo donde se garanticen la movilidad y la adecuada prestación de los servicios de transporte de pasajeros público.
Esta disposición finalizará pasada la contingencia por COVID-19
Una vez pasada la contingencia por la enfermedad COVID-19, se publicará en la Gaceta Oficial de la CDMX, el Aviso correspondiente a efecto de que las disposiciones contenidas en la Ley de Movilidad, Reglamento de la Ley de Movilidad y Reglamento de Tránsito, y demás disposiciones en materia de tránsito y movilidad, se vuelvan a aplicar correspondientemente.
Sanciones
Quien no cumplan con esta disposición, su vehículo será remitido al corralón conforme lo indica la Ley de Movilidad del Distrito Federal, Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, y Reglamento de Tránsito.