Diputados de Chihuahua tipificaron el "sexting" como delito mediante reforma al Código Penal del Estado y establecieron sanciones que van de seis meses a cuatro años de prisión y de 100 a 200 días de multa.
La presidenta de la Comisión de Justicia, Laura Marín Franco, indicó que esas sanciones aplicarán para quien reciba u obtenga de una persona imágenes, textos o grabaciones de voz o audiovisuales de contenido erótico o sexual y las revele o difunda sin su consentimiento y en perjuicio de su intimidad.
Sanción, mayor si el delito es contra menores de 14 años
Además, la sanción antes mencionada aumentará en una mitad cuando el delito se cometa en contra de una persona menor de 14 años o que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o que por cualquier causa no pueda resistirlo, aún y cuando mediare su consentimiento.
- Por lo antes mencionado, fue reformado el Código Penal del Estado de Chihuahua, al adicionar un inciso s) al cuarto párrafo del artículo 98; un Capítulo VII al Título Quinto, y un artículo 180 Bis.
¿Qué es el "sexting"?
El "sexting" es definido como la difusión o publicación de contenidos en donde el protagonista de las imágenes posa en situación erótica o sexual, producidos por el propio remitente, utilizando para ello el teléfono móvil o algún otro dispositivo tecnológico.
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