Guanajuato aprueba ley que regula casas de empeño
Negocios que no cumplan el reglamento pagarán hasta mil salarios mínimos.
El Congreso del Estado de Guanajuato aprobó la Ley que Regula las Bases del Permiso para el Establecimiento de las Casas de Empeño en el estado y sus municipios. La Ley tiene por objeto establecer las bases relacionadas con el permiso estatal que deben tener los establecimientos mercantiles cuyo propósito sea realizar u ofertar al público la celebración de contratos de mutuo con interés y garantía prendaria, conocidos como casas de empeño.
Asimismo, constituye medidas tendientes a evitar que artículos de procedencia ilícita sean depositados en estos establecimientos.
De igual forma, refiere que las casas de empeño deberán hacer de conocimiento de la Procuraduría de Justicia en la entidad, los actos o hechos relacionados con las operaciones que realizan, atendiendo a lo establecido por el artículo 65 bis 7 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Establece que quien tenga conocimiento o sea sabedor de actos o hechos presumiblemente constitutivos de delito con motivo de los servicios que presta la casa de empeño deberá presentar las denuncias correspondientes ante el Ministerio Público.
Además, expone los requisitos que deberán cumplir las casas de empeño para poder solicitar un permiso de establecimiento, el cual será expedido por la Secretaría de Desarrollo Económico Sustentable.
Además se mencionan los requisitos para modificar, refrendar o reponer el permiso. Precisa las sanciones que se aplicarán a los establecimientos que no cumplan con las disposiciones de la Ley, las cuales van de una multa de 50 hasta mil veces el salario mínimo o la cancelación del permiso.