¿Te ha ocurrido que cuando estuviste en la escuela, o ahora en el trabajo, existe alguien que lleva tu mismo nombre y orden de apellidos, por lo que en algún momento llega a suscitarse una confusión de personas?
Aunque no lo creas, esto también puede ocurrir con las claves de conformación del Número de Seguridad Social (NSS) o la Clave Única de Registro de Población (CURP), afectando las aportaciones en la Administradora de Fondos para el Retiro (Afore), porque se llegan a mezclar; por eso, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) tiene a disposición de los trabajadores el trámite de separación de cuentas.
¿Qué es la separación de cuentas de Afore?
De acuerdo con la Consar, es un trámite mediante el cual se identifican los recursos depositados en las cuentas individuales de los trabajadores cuando se comparte un mismo NSS o CURP (homonimia), y se regularizan para que a cada trabajador se le acrediten los recursos que le corresponden.
¿Cómo afecta compartir el NSS o la CURP?
Al respecto, Grupo Financiero Inbursa señala que las afectaciones que un trabajador puede tener por compartir el NSS o la CURP con otra persona son:
- La cuenta individual puede reflejar un saldo diferente al real
- Puede tener contratiempos al realizar algún trámite ante Infonavit, Fovissste, IMSS o ISSSTE
- El trámite de la pensión o retiro parcial se puede complicar y prolongar
¿Cómo se realiza el trámite de separación de cuentas de Afore?
Primero, detalla la Consar, antes de realizar el trámite, el trabajador debe contar con los siguientes requisitos:
- Ser el titular o beneficiario de alguna de las cuentas individuales a regularizar
- Contar con un expediente de identificación del trabajador actualizado que será generado por la Afore con información del trabajador, su identificación oficial y su comprobante de domicilio
Trámite
Acudir a la Afore que administra la cuenta individual y solicitar la separación de cuentas correspondientes, presentando:
- Solicitud de separación de cuentas debidamente requisitada y firmada, misma que será proporcionada por la Afore
- Identificación oficial vigente:
- Para mayores de edad, con foto y firma:
- INE
- Pasaporte
- Cédula profesional
- Cartilla militar
- Documento migratorio
- Matrícula consular
- Para menores de edad:
- Acta de nacimiento o pasaporte
- Identificación oficial de quien ejerza la patria potestad o del tutor
- Para mayores de edad, con foto y firma:
- Constancia CURP (copia)
- En el caso de Trabajadores afiliados al IMSS:
- Formato de certificación de regularización de datos personales del asegurado y constancia que contenga el detalle de los registros patronales expedidos por el IMSS
- Documento con el que acredite la titularidad de los recursos de la cuenta individual que correspondan (copia) (opcional)
- Cuestionario IMSS-Infonavit
- En el caso de Trabajadores afiliados al ISSSTE:
- Documento con el que acredite la titularidad de los recursos de la cuenta individual, que podrá ser cualquiera de los siguientes:
- Comprobantes de pago de las dependencias o entidades para las que hubiere laborado el Trabajador
- Comprobante de aportaciones, siempre que en este se identifiquen los datos de la dependencia o entidad que realizó la aportación a favor del trabajador
- Hoja de servicios
- Formato publicado en el Diario Oficial de la Federación utilizado para ejercer el derecho a optar por el régimen que establece el Artículo Décimo Transitorio de la Ley del ISSSTE o por la acreditación de los Bonos de Pensión
- Los Beneficiarios que inicien el trámite de Separación de Cuentas, adicionalmente, deberán presentar los siguientes documentos:
- Acta de defunción del trabajador titular de la cuenta invasora, o en su caso, de la cuenta invadida (copia certificada)
- Identificación oficial del beneficiario, de las señaladas en el punto de identificación oficial
- Resolución, concesión de pensión, laudo que declare la calidad de beneficiario o documento que acredite el concubinato
- Documento con el que acredite la titularidad de los recursos de la cuenta individual, que podrá ser cualquiera de los siguientes:
- En el caso de Trabajadores afiliados al IMSS:
Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de conclusión del proceso, la Afore deberá enviar una constancia al domicilio o correo electrónico del trabajador, informándole la conclusión del trámite o los motivos por los cuales no fue procedente.
Información importante
Una vez que el trabajador cuenta con su NSS o CURP definitivos, debe proporcionar el dato correcto a su patrón o Dependencia a fin de que las aportaciones subsecuentes que se realicen a su nombre sean depositadas en el NSS o CURP que le fueron certificados.
Las aportaciones que se realicen mientras se encuentra vigente el proceso de separación serán depositadas en la cuenta individual una vez concluido el trámite.
Uso obligatorio de la firma biométrica y de los medios electrónicos para la separación de cuentas, así como la generación del expediente de identificación del trabajador.